La Abogacía del Estado ha pedido al juez de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón que atienda «la clara intención del legislador» y que aplique la amnistía a la secretaria general de ERC, Marta Rovira, y los otros 10 imputados no aforados en Tsunami Democràtic, porque no se da ninguna de las excepciones que la ley que establece la medida de gracia para no incluir el delito de terrorismo que se les imputa: los intereses europeos no se vieron afectados por las protestas convocadas por la plataforma contra la sentencia del ‘procés’ y se causaron «de forma intencionada graves violaciones de derechos humanos».
De ese modo, conforme ya informó sin éxito ante el Tribunal Supremo, la abogada del Estado Zaida Isabel Fernández Toro señala que «la interpretación finalista o favorable a la aplicación de la ley, que implica, un criterio restrictivo (no extensivo) de las causas de exclusión», lo que supone que debe aplicarse a la causa, porque esa era «la verdadera voluntad del legislador» a la hora de articularla como “un medio adecuado para abordar circunstancias políticas excepcionales» en «consecución de un interés general», como establece la norma en su preámbulo.
Esa «‘necesidad de superar y encauzar conflictos políticos y sociales arraigados, en la búsqueda de la mejora de la convivencia y la cohesión social, así como de una integración de las diversas sensibilidades políticas’ implica, irremediablemente, la clara intención del legislador de que queden incluidas dentro de su ámbito de aplicación, todas las manifestaciones que revelen tensión política, social e institucional, pues solo de esta manera se cumpliría el objetivo que aspira a resolver: la normalización institucional, política y social en Catalunya».