Este 1 de julio ha entrado en vigor la nueva Instrucción Técnica Complementaria (ITC) para ascensores. Esta legislación, establecida por el Real Decreto 355/2024, promete transformar el panorama de la seguridad en uno de los elementos más cruciales en edificios residenciales y comerciales: el ascensor.

La nueva ley surge como respuesta a la creciente preocupación por la seguridad de los ascensores más antiguos del país. Con más de 1.180.000 ascensores, España se posiciona como uno de los países con más elevadores por habitante en el mundo. Sin embargo, la mitad de estos ascensores tienen al menos 20 años de servicio, y más de 400.000 superan los 30 años.

De esta manera, la nueva normativa, conocida como ITC AEM 1 y publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el pasado 13 de abril, establece estándares rigurosos que deben cumplir todos los ascensores para continuar en operación. Entre las medidas más destacadas se encuentra la obligación de instalar un sistema de control de peso y un teléfono de emergencia en la cabina, garantizando así una respuesta rápida en caso de incidencias.

Además, la normativa exige una detención precisa del ascensor en cada planta y refuerza los estándares mínimos de seguridad a través de revisiones periódicas. Estas inspecciones serán cruciales para asegurar el cumplimiento continuo de las nuevas regulaciones.

La adaptación a la nueva ley no será económica. Se estima que el coste de las reformas necesarias puede alcanzar hasta los 30.000 euros por ascensor. Este gasto representa una carga significativa para las comunidades de propietarios, especialmente en un momento en que la economía aún se recupera de los desafíos recientes.

La Federación Empresarial Española de Ascensores (FEEDA) ha expresado su apoyo a la nueva normativa, destacando que el objetivo principal es «aproximar las seguridades de los ascensores que ya existen a la seguridad que ya incorporan los que son más nuevos». La FEEDA también ha enfatizado la importancia de esta ley para reducir la incidencia de accidentes, un aspecto que no puede ser subestimado. Asimismo, la mencionada entidad estima que la normativa afectará en torno a un 40% de los ascensores instalados en nuestro país.

Una medida con polémica

La controversia no ha tardado en aparecer. Algunos críticos argumentan que la ley impone una carga financiera demasiado pesada sobre los ciudadanos, mientras que otros señalan la necesidad de priorizar la seguridad por encima de todo. Lo cierto es que la nueva normativa ha generado un amplio debate sobre el equilibrio entre seguridad y asequibilidad.

La renovación del ascensor no tiene que ser inmediata y puede demorarse hasta cuatro años, dependiendo de la fecha de la próxima inspección. Por ejemplo, si la última revisión favorable fue en abril de 2024, el elevador no requerirá otra inspección obligatoria hasta abril de 2028. En ese momento, el inspector detallará los elementos que deben ser adaptados y se establecerán los plazos para realizar las modificaciones necesarias.

En caso de incumplimiento de la ley de ascensores, las sanciones aplicables a la comunidad de vecinos o al propietario dependen de la gravedad de la infracción, pudiendo alcanzar hasta 60.000 euros para infracciones leves, hasta 6.000.000 euros para infracciones graves, y hasta 100.000.000 euros para infracciones muy graves.

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