Este lunes 1 de julio es el último día para presentar la declaración de la renta 2023. La campaña comenzó el pasado 3 de abril para entregarla por internet y el pasado día 3 de este mes para la presentación presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria u oficinas colaboradoras. El plazo finalizó el pasado 27 de junio si el resultado de la declaración era a ingresar y su pago está domiciliado en una cuenta bancaria.
Hacienda tenía previsto devolver 11.650 millones de euros a un total de 14,6 millones de contribuyentes. En total estaba previsto recibir casi 23,3 millones de declaraciones, un 1,2% más que el año pasado. La mayoría de ellas serán a devolver (14,6 millones, un 3% menos) y el resto, a ingresar (7,1 millones, un 10,2% más) o bien negativas (1,6 millones, un 4,9% más).
También han tenido que presentar la declaración de patrimonio, cuya recaudación se hace llegar de forma íntegra a las comunidades autónomas. La Agencia Tributaria preveía recibir 223.119 declaraciones de patrimonio (el 2,8% menos que en la campaña anterior), pero espera recaudar por ello mucho más: 1.980 millones, el 61,4% más que el año pasado, después de que comunidades como Madrid, Galicia y Andalucía han tenido que adoptar o incrementar su tributo para esquivar el nuevo gravamen sobre la riqueza diseñado por el Gobierno central, que afecta a patrimonios de más de tres millones.
Plazos
Que la fecha final de la campaña sea el 1 de julio no quiere decir que no se pueda presentar más tarde de ese día. De todas formas, hacerlo de esta forma puede suponer tener que pagar una multa. La cuantía a pagar dependerá del tiempo que haya pasado desde el fin del plazo oficial hasta la presentación, el resultado de la declaración y si lo habíamos notificado o no.
Si la declaración sale a pagar, el contribuyente deberá hacer frente a un pago extra que varía en función del tiempo que haya transcurrido. El recargo será del 1% sobre el importe a pagar, más otro 1% adicional, por cada mes completo de retraso. Así, se aplicará un 3% de la cuantía no pagada hasta los 3 meses, este porcentaje aumentará al 10% hasta los seis meses yal 11% a los 11 meses; hasta los 12 meses, el 12%. En caso de superar el año, se impondrá un recargo del 15% más intereses de demora.
Si el contribuyente recibe una notificación de la Agencia Tributaria, la penalización puede moverse entre el 50% y el 150% de la cuantía que se debía. Una cifra que puede variar si se detecta que el contribuyente es reincidente en este tipo de demoras y errores. En todo caso, la sanción se puede reducir un 30% si se acepta no se recurre. La rebaja es del 25% si pagamos dentro del llamado periodo voluntario que indique la notificación emitida por la Administración.
Si el resultado de la declaración es a devolver, entregar el borrador fuera de plazo supone pagar hasta 200 euros extra si es Hacienda quien reclama. Si es sin requerimiento, la sanción se reduce el 50% y se pagan 100 euros. Si esta cuantía es superior a lo que nos iban a ingresar, es posible que acabemos perdiendo dinero.
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