Alberto González Amador, novio de Isabel Díaz Ayuso, en el juzgado. EP

El novio de Isabel Díaz Ayuso, Alberto González Amador, comparece este lunes en los juzgados de Plaza de Castilla como investigado por sus presuntos delitos -dos- de fraude fiscal y un tercero de falsedad documental.

La pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid estaría negociando en la actualidad un acuerdo con la Abogacía del Estado con la finalidad de evitar su ingreso en prisión. Fue la Fiscalía la que lo llevó ante los tribunales después de que Hacienda detectara el fraude.

Cabe destacar que también con este organismo, el pasado 2 de febrero, su abogado envió un correo electrónico en el que reconocía “íntegramente” que su cliente había cometido dos delitos fiscales en los peores años de pandemia (2020 y 2021). En consecuencia, de producirse un hipotético pacto con la Fiscalía, sería la segunda vez que el compañero sentimental de la líder regional reconoce haber engañado a la Agencia Tributaria.

Se trata de la segunda vez que el comisionista acude a la sede judicial después de que la primera comparecencia, el pasado 20 de mayo, se suspendiera por un error informático. Aquel día permaneció escondido en las instalaciones y se puso una peluca con la intención de despistar a los periodistas. En otro orden de cosas, la investigación se produce en paralelo a otra causa en la que se presenta como víctima de revelación de secretos por parte asimismo de la Fiscalía.

Los delitos por los que se le investiga discurren entre 2020 y 2021 y tiene que ver con las actuaciones relativas al Impuesto de Sociedades correspondientes a los ejercicios de esos años y el hecho de haber aportado unas facturas que no se corresponden con los servicios realmente prestados y que habría aportado con el objetivo de minorar la cuota tributaria a satisfacer.

La jueza, en el auto de apertura de diligencias, razonaba que supuestamente y “como consecuencia de estas conductas defraudatorias, el contribuyente ha dejado de ingresar a la Hacienda Pública estatal por el Impuesto de Sociedades de 2020 una cuota de 155.000 euros y por el Impuesto de Sociedades de 2021, una cuota de 195.951 euros”.

El documento esgrimía que estas conductas se encuentran tipificadas en el Código Penal como “delitos pensados en el artículo 305.1 en concurso medial con un delito de falsedad documental mercantil, del artículo 392.1 en relación con el artículo 390” del mismo texto de normas.

 

 

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