La Junta de fiscales de Sala del Tribunal Supremo ha avalado este martes el criterio del fiscal general, Álvaro García Ortiz, de pedir al Tribunal Supremo que aplique la ley de Amnistía a la totalidad de los delitos, incluyendo la malversación que se le atribuye a los encausados del ‘procés’, incluido el expresidente catalán Carles Puigdemont. Según ha podido saber ElPlural.com, la votación ha sido ajustadísima. Finalmente, el bando de García ha conseguido 19 votos frente a los 17 de los fiscales del procés.

En la Junta de Fiscales de Sala celebrada esta mañana se ha producido un debate, de carácter estrictamente jurídico, respecto del encaje de los hechos de la causa del procès en la ley de amnistía. Mientras los fiscales Cadena, Zaragoza, Madrigal y Moreno consideran que la ley no es aplicable al delito de malversación, los Fiscales de Sala han apoyado mayoritariamente que los hechos, tal como estableció la sentencia, no provocaron un “enriquecimiento personal de carácter patrimonial” que la ley no considera amnistiable. La Junta de Fiscales de Sala considera también que los hechos no produjeron una afectación directa a los intereses financieros de la Unión Europea.

Según ha informado la Fiscalía, la teniente fiscal del Tribunal Supremo, Ángeles Sánchez Conde, y el fiscal de Sala Jefe de lo Penal de la Fiscalía del Tribunal Supremo, Joaquín Sánchez-Covisa, serán los encargados de presentar el informe de la Fiscalía en respuesta a las providencias de 11 de junio de 2024.

Estos dos fiscales se hacen cargo de la causa por orden del fiscal general, en cumplimento de las previsiones del art 27 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, coincidente con la voluntad de los cuatro fiscales del procés Fidel Cadena, Javier Zaragoza, Consuelo Madrigal y Jaime Moreno de ser relevados la misma.


Guerra abierta

La guerra abierta en el seno de la Fiscalía General del Estado es un hecho objetivo. Los fiscales de Sala han acudido a la Junta después de que los cuatro del procés plantearan el artículo 27 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal. Todo comenzó después de que, el FGE se negara a firmar el escrito de los fiscales del procés y ordena aplicar la ley de Amnistía a todos los implicados. En su escrito, los representantes del Ministerio Público  aseveraban que la Ley de Amniastía no se podía aplicar al delito de malversación, por lo que Carles Puigdemont u Oriol Junqueras quedarían fuera.

La tesis que han defendido y que les ha llevado a plantear un 27 es que no se puede amnistiar la malversación de caudales públicos en el caso del expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont, así como del resto de procesados, porque existió beneficio patrimonial, ánimo de lucro y acto de apropiación de activo de ellos al «disponer de fondos públicos para «sus ilícitos fines» porque hubo «un enriquecimiento personal al poder disponer para sus ilícitos fines de fondos públicos».

Sin embargo, la orden del FGE consideraba que estos fiscales confunden en su informe el «ánimo de lucro» que exige el delito de malversación con el «enriquecimiento personal de carácter patrimonial» de aquellos hechos que la ley de amnistía considera no amnistiables. El perjuicio patrimonial para la Administración, resultado del delito de malversación, no es equiparable al «enriquecimiento personal de carácter patrimonial».

Tras el choque de criterios, para los cuatro fiscaes, la orden dada por García era ilegal, pues afirmaron que es improcedente y contraria a las leyes. Por ello invocaron el artículo 27 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal donde tanto ellos, como el FGE, han expuesto sus argumentos, y el resto de fiscales de Sala también han expresado cuál es su criterio y votado a favor de uno o de los otros. El choque de criterios era evidente, y la fractura interna en la Fiscalía General del Estado también. Esta batalla la ha ganado García, aunque la guerra está muy lejos de terminar.

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