En 2012, el juez Juan Carlos Peinado fue condenado a abonar a una constructora de la provincia de Ávila la cantidad de 75.366,61 euros por realizar obras ilegales en el chalet que posee en la localidad de La Adrada. Así se estableció en una sentencia emitida por la Audiencia Provincial de Madrid, en repuesta a un recurso de apelación ante la sentencia dictada previamente por el Juzgado de Primera Instancia número 81 de Madrid.

En concreto, tal y como ha tenido conocimiento en exclusiva ElPlural.com, la justicia obligó al juez que lidera la causa contra Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, a abonar la cantidad 75.366,61 euros a raíz de haber acometido las obras del chalet de lujo en su parcela (de 2.866 metros cuadrados de superficie) que aún a día de hoy figura en el Catastro Inmobiliario como un almacén.


Cabe recordar que la definición almacén-estacionamiento se corresponde con el uso principal que se aplica en el Catastro a los aparcamientos, garajes y almacenes. 

Nada más lejos de la realidad. En la mencionada parcela, el juez que investiga a Begoña Gómez ha construido un chalet de lujo por el que abonó, según la sentencia a la que ha tenido acceso ElPlural.com, la cantidad de 403.668,61 euros (IVA incluido). Un precio que multiplica por más de 25 el valor que figura en el Registro de la Propiedad.

Ilustración del Juez Peinado. Elaboración propia.


Un chalet inscrito como almacén

El lujoso chalet propiedad del juez que investiga a Begoña Gómez, Juan Carlos Peinado, figura inscrito en el Catastro Inmobiliario como un almacén, según ha podido podido comprobar ElPlural.com. Todo ello a pesar de que en la finca propiedad del magistrado está construida una vivienda de grandes dimensiones.

Este chalet de lujo ha generado enorme polémica en el pueblo La Adrada (Ávila) desde hace muchos años. Se construyó en el año 2000 y se registró como almacén, nomenclatura bajo la que se mantiene a día de hoy, aunque en realidad acoge una gran vivienda edificada sobre una parcela de 2.866 metros cuadrados, según refleja el registro de la propiedad, al que también ha tenido acceso este periódico.

El uso de un dato catastral indica el destino principal del inmueble según el Real Decreto 1020/1993, de 25 de junio. La definición almacén-estacionamiento se corresponde con el uso principal que se venía a aplicando generalmente a los aparcamientos, garajes y almacenes. El pasado 9 de enero se publicaba en el Boletín Oficial del Estado (BOE) una nueva clasificación que contempla el Almacén-Estacionamiento de uso residencial y el Almacén-Estacionamiento de uso industrial. Un cambio cuya finalidad era únicamente de carácter tributario. De este modo, en el Catastro, el inmueble del juez Peinado tiene como uso principal «AlmEst.UsoRESID».

La polémica en torno a esta propiedad del juez Peinado es tal que los vecinos llevan años denunciando la edificación, hasta el punto de que en el pasado aparecieron pintadas en la valla del inmueble bajo el lema “prevaricador” y tachándolo de “chaletazo ilegal”.

El terreno sobre el que se levanta el chalet siempre ha resultado urbanísticamente muy polémico. La legalización o no de la vivienda; la existencia o no de licencia de primera ocupación; la posible ausencia de saneamiento o la ilegalidad de la piscina son temas de debate en el pueblo desde antes de 2007. De hecho, diferentes asuntos que rodean a la vivienda, cuya construcción se paralizó durante no pocos meses, marcan la agenda política y sirven de conversación cotidiana a los vecinos.

Imagen del chalet del juez Peinado. ElPlural


Son muchas las voces que sostienen que los terrenos en los que se localiza el inmueble nunca deberían haber sido plenamente urbanizables y habitables, un hecho que cambió en el pleno celebrado el 23 de junio de 2016, como ha podido comprobar este medio.

Más allá de la mencionada aprobación de las nuevas obras urbanísticas por parte del consistorio local, la vivienda del juez que investiga a Begoña Gómez ha requerido del esfuerzo del ayuntamiento en lo referente a investigar supuestas ilegalidades (saneamientopiscina) que impiden en cualquier municipio de España la licencia de primera ocupación de la vivienda.

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