El nuevo sistema de cotización para autónomos, que entró en vigor el pasado año, elimina el límite vigente hasta ahora y obliga a todos los trabajadores por cuenta propia, con independencia de sus ingresos, a presentar la declaración de la renta. Pero hay tres novedades por las que los autónomos pagarán menos.

Se trata del aumento de la deducción por gastos de difícil justificación, el incremento del límite por planes de pensiones de empleo y la deflactación del IRPF en algunas comunidades.

En el primero de los casos, la deducción por gastos de difícil justificación es un mecanismo que Hacienda aplica automáticamente a los autónomos que tributan por estimación directa simplificada. Hasta ahora, la deducción aplicada por el fisco era del 5%, pero este año se ha incrementado hasta el 7%, lo que en la práctica quiere decir que los autónomos pagarán menos IRPF.

Además, hasta el pasado año, los trabajadores por cuenta propia podían deducir en la renta hasta 1.500 euros al año de sus planes de pensiones individuales. En 2024, con la irrupción de los planes de pensiones de empleo para autónomos, aquellos que cuenten con este tipo de producto financiero podrán deducir hasta 5.750 euros en la renta, gracias al máximo de 4.250 euros que permiten los nuevos planes de pensiones de empleo y la cuantía deducible del plan de pensiones individual.

En tercer lugar, para la campaña de la Renta de este año algunas CCAA han deflactado el tramo autonómico del IRPF, lo que beneficia a los autónomos que tengan su residencia fiscal en estos territorios. Así, Madrid aplicará un 3,1% en todos los tramos del IRPF, País Vasco y Canarias un 2,5%, Aragón deflactará el 5% en los tramos de hasta 50.000 euros y Navarra aplicará una deflactación del 4% en todos los tramos.

Como forma complementaria a todo esto, los autónomos tienen acceso a más de 200 deducciones autonómicas.

DESAPARECE EL MÍNIMO DE 1.000 EUROS

La principal novedad en la campaña de la Renta de este año es la desaparición del mínimo de 1.000 euros por debajo del cual, hasta ahora, los autónomos estaban exentos de presentar el Modelo 100. Como explican desde Declarando, el nuevo sistema de cotización para autónomos, que entró en vigor el pasado año, elimina el límite vigente hasta ahora y obliga a todos los autónomos, con independencia de sus ingresos, a presentar la declaración de la renta.

Además, a partir del 1 de enero de 2023, todas las personas trabajadoras por cuenta propia incluidas en este régimen especial cotizan en función de los rendimientos anuales obtenidos en el ejercicio de sus actividades económicas, empresariales o profesionales, debiendo elegir la base de cotización mensual que corresponda en función de su previsión de rendimientos netos anuales, dentro de la tabla general fijada en la respectiva Ley de Presupuestos Generales del Estado (PGE) y limitada por una base mínima de cotización en cada uno de sus tramos y por una base máxima en cada tramo para cada año, si bien con la posibilidad, cuando prevean que sus rendimientos van a ser inferiores al salario mínimo interprofesional en cómputo anual, de elegir base de cotización dentro de una tabla reducida.

Como explican en Aedaf, las bases elegidas tendrán carácter provisional, hasta que se proceda a su regularización en función de los rendimientos anuales obtenidos y comunicados por la Administración tributaria a partir del ejercicio siguiente respecto a cada trabajador autónomo.

La cuota máxima por contingencias comunes que es el límite para gastos deducibles como mutualidad alternativa al RETA es de 15.266,72 euros.