La campaña de la declaración de la renta arranca en tan solo una semana, el próximo 3 de abril, y hay una serie de novedades que el contribuyente debe conocer. Las principales tienen que ver con el nuevo límite para presentar la declaración y la obligación para todos los autónomos, aunque también hay cambios interesantes a nivel autonómico. Otro dato importante a tener en cuenta es que este año, por primera vez, el borrador podrá presentarse hasta el 1 de julio, así que tendrán más días para cumplir con esta obligación tributaria.
Nuevo límite excluyente
Hacienda ha modificado el límite excluyente de la obligación a presentar la declaración, elevándolo de los 14.000 a los 15.000 euros anuales. Pero hay que tener en cuenta que solo aplica en algunos casos, como si se han tenido dos o más pagadores o si el pagador no está obligado a retener, entre otros. Para el resto, el límite se mantiene en los 22.000 euros anuales.
Según cálculos del Gobierno, esta medida supondrá una rebaja para el 50% de los trabajadores, y conllevará un ahorro de 1.881 millones de euros. La razón detrás del cambio es la última subida del salario mínimo interprofesional, que, si no se hubiese cambiado la ley del IRPF, habría provocado que quienes perciben los sueldos más bajos tuviesen que empezar a presentar la declaración de forma obligatoria.
Al mismo tiempo, también se ha modificado la misma ley para introducir un nuevo tramo a partir de 300.000 euros, que pasarán de tributar al 14%, mientras que las rentas del tramo anterior, entre 200.000 y 300.000 euros, tributarán al 13,5%, frente al 13% del año anterior. Por otro lado, los residentes en el extranjero también tienen un nuevo tramo a partir de los 300.000 euros, del 28%, y se ha subido el tipo aplicable al tramo de 200.000 a 300.000 euros del 26 al 27%.
De cara a los trabajadores desplazados al territorio español asimismo se ha creado un nuevo tramo a partir de 300.000 euros, con un tipo de gravamen
aplicable del 28%, y se ha elevado el tipo aplicable en el tramo anterior de 200.000 a 300.000 euros del 26 al 27%.
Los autónomos, los que más cambios experimentarán
Los autónomos serán quienes más cambios experimentarán en esta campaña de la renta, puesto que este año están obligados a presentarla independientemente de que no cumplan los ingresos mínimos. Con la entrada en vigor del nuevo sistema de cotización para el colectivo de trabajadores por cuenta propia, se elimina el límite de los 1.000 euros anuales de beneficios. Según Seguridad Social, este cambio llevará a que más de 200.000 autónomos tengan que presentar la renta este año por primera vez.
Del mismo modo, Hacienda recuerda en la orden del BOE que las personas titulares del ingreso mínimo vital y las personas integrantes de la unidad de convivencia están obligadas a presentar anualmente declaración correspondiente al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Nueva deflactación del IRPF en Madrid
«En el ámbito autonómico, uno de los grandes cambios proviene de la nueva deflactación del IRPF en la Comunidad de Madrid que se llevará a cabo por segundo año consecutivo. Se aplicará un 3,1% a todos los tramos del IRPF, el mínimo personal y familiar, y las deducciones ya existentes sobre el mismo, así como los límites de renta para poder acceder a ellas», explican desde la asesoría fiscal TaxDown. Otras comunidades autónomas que también han anunciado deflactaciones en sus tramos de IRPF para este año son Aragón y las comunidades forales de País Vasco y Navarra, que la startup ha recopilado en esta guía.
Nueva deducción por la compra de vehículo eléctrico
En el ámbito de las deducciones, este año se ha introducido una nueva deducción estatal por la compra de vehículos eléctricos enchufables, siempre que sean nuevos y no ligados a actividades económicas y siempre que se haya adquirido entre el pasado 30 de junio y el próximo 31 de diciembre de 2024. La deducción es del 15% del valor del vehículo y la base máxima anual es de 20.000 euros.
Además, y tal y como destaca el Consejo General de Economistas en su guía, también se ha creado otra deducción del 15%, con una base máxima anual de 4.000 euros, por las instalaciones de sistemas de recarga de batería para vehículos eléctricos no afectas a una actividad económica. Para poder beneficiarse, la instalación debe haberse hecho en las mismas fechas, del 30 de junio de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2024.
El modelo 721: una nueva obligación para los criptoinversores
Este 2024 trae consigo una importante novedad para los inversores de criptomonedas, además de la obligación de informar de las mismas en la renta: el modelo 721, un documento que tendrán que presentar de manera obligatoria todos los contribuyentes cuyas criptomonedas en el extranjero tengan un valor superior a 50.000 euros. Se trata de un modelo informativo que aportará a Hacienda un conocimiento real acerca de la tenencia de monedas virtuales fuera de España. En caso de no presentarlo o hacerlo de manera incorrecta, los contribuyentes se enfrentan a multas de y sanciones por parte de la Agencia Tributaria.
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