El inicio de la campaña de la Declaración de la Renta en este año 2024 se dará el 3 de abril, con la necesidad, en muchos casos dentro de la población española, de presentar este documento para rendir cuentas con Hacienda, justificando los rendimientos del año anterior, en este caso 2023. Hay muchos elementos a los que hay que prestar atención y en especial, los gastos deducibles en forma de beneficio indirecto en la declaración de la renta, son muy relevantes y dignos de consultar.
En ocasiones, los ciudadanos se enfrentan a un resultado negativo, a pagar, en la Declaración de la Renta, siendo en muchas de ellas algo ya sabido antes de presentar el escrito. Sin embargo, existe la posibilidad de deducirse algunos gastos en la presentación del IRPF, introduciéndolos en la presentación de la declaración con el objetivo de pagar menos a Hacienda, maquillando la cantidad final en caso de que salga a pagar.
Entre los gastos deducibles en la Declaración de la Renta incluimos la hipoteca o adquisición de una vivienda, el alquiler de un inmueble, los planes de pensiones, la maternidad o donaciones a ONG. Son muchos los casos, que repasamos para saber qué puedes hacer para salir ganando en la campaña de la Renta 2024.
Los gastos deducibles en la Declaración de la Renta
Alquiler
Si hablamos de los caseros o arrendadores, pueden llegar a deducirse un 60% de los gastos, en función del rendimiento, que este relacionado con un usufructo temporal de la vivienda en cuestión, ya sea el alquiler a uno o más inquilinos. Los arrendatarios tendrán que consultar con la Comunidad Autónoma en la que residan para comprobar los gastos deducibles en la Declaración de la Renta, que también dependen de la edad o la capacidad adquisitiva.
Vivienda
La sea por su adquisición o por el pago de una hipoteca, los ciudadanos españoles que hagan la Declaración de la Renta podrán declarar como gastos deducibles la inversión en el hogar, siempre y cuando sea su residencia habitual.
ONG y donaciones
Las ONG son también una opción para salir ganando en la Declaración de la Renta, y es que las aportaciones a estas organizaciones sin ánimo de lucro, permiten desgravar un 80% de los primeros 150 euros y un 35% sobre lo que lo supere, en cantidad. Además, si se ha realizado la donación durante dos ejercicios, se podrá llegar a unos gastos deducibles del 40%.
Hijos
La deducción se aplica en orden de edad y en consonancia a varios datos, caso de ser menor de 25 años, convivir con el ciudadano contribuyente, no obtener rentas superiores a 8.000 euros al año o no presentar la Declaración de la Renta individualmente.
Las cantidades que se pueden deducir son de 2.400 euros por el primer hijo, y en subida hasta los 2.700 euros por el segundo, 4.000 euros por el tercero y 4.500 euros a partir del cuarto hijo, siempre en cantidades por año. También se pueden declarar gastos deducibles en la Renta por familia numerosa, con 1.200 euros al año por cada ascendiente o 2.400 si es familia numerosa especial, a partir de 5 hijos.
Maternidad
Las mujeres dadas de alta en la Seguridad Social y con hijos menores de tres años tendrán un límite de deducción de 1.200 euros por hijo, con la opción de solicitud de abono anticipado. Se ha ampliado, en 2024, el número de mujeres que pueden optar a la deducción, pasando a estar disponible para todas las que han recibido una prestación contributiva y/o el paro.
Plan de pensiones
Un trabajador que cuenta con un plan de pensiones privado, puede contar con unos gastos deducibles en la Renta de un máximo de 1.500 euros, por este caso. Este hecho se ha cambiado, ya que en 2022 el tope estaba en 2.000 euros.
Pertenencia a un partido político
Si estás afiliado a un partido político en España, con una cuota a pagar, se pueden incluir en la Declaración de la Renta un máximo de 600 euros al año, como gastos deducibles de esta pertenencia.
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