Carles Puigdemont ha anunciado este 21 de marzo que será el candidato de Juntsa las elecciones catalanas del 12 de mayo. Ahora la cuestión está en si el candidato se desplazará a España. Y es que, la ley de Amnistía está avanzando, pero su tramitación está tardando y Puigdemont sería detenido si pisa el país.
Para resolver estas dudas, este jueves en ‘La Linterna’, Ángel Expósito ha analizado junto al profesor de Derecho Procesal de CUNEF Universidad, Jesús Zarzalejos.
El profesor ha asegurado que si Puigdemont pusiera un pie en España sería detenido porque “hay una orden nacional dictada por el juez Llarena”. Además, explica que “le tendrían que tomar declaración” y que debido al riesgo de fuga que tiene acumulado de estos años “la prisión provisional no sería un escenario improbable”.
Ante la pregunta de si Puigdemont se puede presentar a las elecciones viviendo en otro territorio, Zarzalejos sostiene que puede hacerlo, ya que, “no hay un problema administrativo” y también, señala que al suprimir el “delito de sedición” no está inhabilitado para la función pública.
¿Cuándo estará lista la ley de Amnistía?
En cuanto a la ley de Amnistía, el experto indica que podría aprobarse “para finales de mayo”. Pues una vez finalizada la votación en el Senado, volverá al Congreso y es un proceso rápido tal y como subraya Zarzalejos: “Un jueves se aprueba en la Comisión de Justicia y al jueves siguiente se aprueba en el pleno”.
Y añade que “el acortamiento de plazos y de trámites es santo y seña de este tipo de procedimientos”. Con estos datos, el profesor ha afirmado en el programa que si Puigdemont “no está en prisión provisional” podría estar presente en el debate de investidura.
Por otro lado, el director de ‘La Linterna’ ha contado que el Poder Judicial ha aprobado “un informe muy crítico” con la ley de Amnistía, pero ¿se tienen en cuenta estos informes?
Zarzalejos ha indicado que “todos los informes que emite CGPJ son no vinculantes” y menciona que “las proposiciones de ley de los grupos parlamentarios no están sometidas a los informes previos de los órganos consultivos”.