En un informe de 69 páginas, los letrados del Senado alertan de la «clara inconstitucionalidad de la ley de amnistía». Por numerosas razones. La primera: que «en ausencia de mención constitucional expresa y de un pronunciamiento directo sobre la amnistía como figura jurídica por el Tribunal Constitucional (…) no cabe entender que la amnistía pueda instrumentarse mediante ley».
A partir de ahí, los expertos de la Cámara Alta arrojan un ramillete de argumentos para rechazar la medida de gracia. Como, por ejemplo, que se trata de una «reforma de la Constitución encubierta». Pese a ello, la ley continuará con el trámite parlamentario por la vía ordinaria a partir de este martes, cuando está previsto que llegue a la Mesa del Senado.
No obstante, los letrados animan a «plantear conflicto entre órganos constitucionales» en sus dos fases. Una previa, «mediante la celebración de un Pleno» para «requerir formalmente al Congreso la retirada de la proposición de ley orgánica»; y otra, posterior, «ante el Tribunal Constitucional, con posible petición de suspensión cautelar del procedimiento legislativo en el Senado».
Esta es la única posibilidad que tiene la Cámara Alta de frenar la amnistía antes de que entre en vigor. Eso sí, incluso en esta hipótesis, la tramitación de la ley seguirá en marcha. A no ser que el Constitucional acepte una suspensión cautelar.
El pronunciamiento de los letrados del Senado contra la ley de amnistía se suma a un duro aviso por parte de sus homólogos en la Comisión de Justicia del Congreso, que ya dejaron en evidencia la norma por su dudosa legalidad.
El informe que ha trascendido este lunes, y que lleva la firma de la secretaria general de la Cámara, advierte de que la proposición de ley que mandará al olvido los delitos que se cometieron durante el procés «incurre en motivos de inconstitucionalidad por vulnerar varios principios, valores y derechos fundamentales que se contienen en la Constitución».
Entre otros, el «valor superior de la Justicia y principio de separación de poderes», el «derecho fundamental de igualdad ante la ley y no discriminación», el «derecho fundamental a la libertad ideológica»; o los principios de «seguridad jurídica y legalidad penal».
Por otro lado, el informe subraya que «la proposición de ley deviene incompatible con los valores contenidos en el artículo 2 del Tratado de la Unión Europea» por la inclusión de los «delitos de terrorismo», además de los de «malversación» y «alta traición».
Pese a todo, los letrados recuerdan que el Senado se ve «obligado a velar por sus competencias, y, simultáneamente, a quedar vinculado al ordenamiento en una doble dirección». Es decir, que «viene obligado a tramitar lo que se le presenta formalmente como una proposición de ley». Lo que no quita que, a su vez, pueda señalar su disconformidad con la amnistía.
En términos genéricos, los juristas de la Cámara alertan: «Desde el punto de vista material, el Senado se encuentra ante una reforma de la Constitución encubierta, o bien, requerido para continuar con la tramitación de una norma inconstitucional «in toto» y cuyos vicios de inconstitucionalidad no podrían depurarse en esta fase ni en ninguna otra, pues supone una invasión del contenido esencial de varios derechos y de la separación de poderes, que son las dos notas características del concepto de constitución».