La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha avalado la decisión del juez Manuel García-Castellón de enviar el caso Tsunami Democràtic al Tribunal Supremo.
En esta causa judicial se investigan los violentos disturbios convocados por la plataforma independentista. Entre los imputados, figuran el expresidente catalán Carles Puigdemont, que hoy ejerce como eurodiputado, y la secretaria general de ERC, Marta Rovira.
Dado que Puigdemont está aforado, García-Castellón optó por mandar el caso al Supremo. Y, finalmente, por unanimidad, la Sala Segunda del Alto Tribunal lo asumió; únicamente, en lo relativo al expresident y al otro aforado, el también investigado Rubén Wagensberg, diputado de ERC en el Parlament catalán.
Gonzalo Boye, que es abogado en esta causa de Puigdemont y de Josep Lluís Alay, recurrió la decisión del juez. En un primer momento, la impugnó ante el propio magistrado, que no reculó. Posteriormente, el 25 de enero de 2024, lo hizo en apelación. Es decir, ante el tribunal jerárquicamente superior a García-Castellón, la Sala de lo Penal. Y, en respuesta, pese a que la Fiscalía apoyó a Boye, los magistrados Félix Alfonso Guevara, Francisco Javier Vieira y José Pedro Vázquez avalan la decisión del juez de enviar la causa al Supremo a través de un texto que se llama exposición razonada.
La investigada Marta Molina apoyó también los dos recursos de la defensa de Alay. Se mostraron en contra las asociaciones Sociedad Civil Catalana y Dignidad y Justicia, que ejercen la acusación popular. A ellas se sumaron los dos agentes de la Policía que fueron heridos durante los disturbios convocados por Tsunami y que son considerados en este procedimiento como perjudicados.
La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional recuerda a los recurrentes que el Supremo decidió, el pasado 29 de febrero, asumir una parte de la causa. «Y es sabido que estamos obligados por lo que haya decidido el Alto Tribunal», justifican los magistrados encargados de revisar las decisiones de García-Castellón, al que respaldan en esta ocasión.
De hecho, califican como «cabal» la decisión del Juzgado Central de Instrucción número 6, el capitaneado por el juez.