Si no quieren perder su prestación, las personas jubiladas tendrán que presentar un documento. Se trata del certificado de la fe de vida, que debe presentarse anualmente antes del 31 de marzo. Aquellos que tienen establecido su domicilio habitual fuera de España y perciben una pensión no contributiva están obligados. La suspensión se realiza de forma automática y se le da un nuevo plazo de 90 días para demostrar que continúan con vida. De no hacerlo se arriesgan a perder de forma permanente ese derecho al entender que el beneficiario en cuestión ha fallecido.