El Juzgado de Instrucción número 26 de Madrid ha archivado las actuaciones cometidas en la convocatoria ultra en Nochevieja, el 31 de diciembre, en la sede estatal del PSOE en Ferraz y que fueron denunciadas por el partido hace un mes atrás, ya que, entre otras cuestiones, se apaleó un muñeco que representa a Pedro Sánchez.
Este periódico ha tenido acceso al auto judicial en el que la jueza que instruye el caso sostiene que los hechos denunciados “no son constitutivos de infracción penal”, pese a que a lo largo de la sentencia se inscriben con detalle las proclamas que aquella noche se vertieron en contra de los socialistas, en especial, ante el muñeco que representaba al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y que colgaron de un semáforo.
Según reza en el auto, ahora el PSOE tendrá un plazo de tres días para interponer un recurso de reforma y subsidiario de apelación; también un recurso de apelación directo en cinco días siguientes a la notificación judicial. Fuentes socialistas han señalado que recurrirán el archivo de la causa.
El PSOE presentó denuncio ante la Fiscalía General del Estado a principios del mes de enero los hechos concurridos ante su sede nacional y en el marco de la convocatoria bautizada como ‘Nochevieja nacional’, protesta que siguió la estela de sus antecesoras congregando unas 300 personas para manifestarse en contra de los acuerdos alcanzados con fuerzas independentistas sobre la amnistía y en las negociaciones de la investidura de Sánchez. Los socialistas consideraron que las imágenes que trascendieron de este encuentro podrían ser constitutivas de un delito de incitación al odio, en concreto, cuando los manifestantes colgaron un muñeco de gran tamaño que representaba al presidente del Gobierno y que fue apaleado en repetidas ocasiones.
La sentencia recoge las proclamas directas contra Pedro Sánchez
En uno de los apartados del auto al que ha tenido acceso ElPlural.com, se recogen con claridad muchas de las expresiones que se vertieron en la Nochevieja de Ferraz. “Fue retransmitido en directo en las redes sociales por diferentes usuarios y plataformas de internet y que algunos de los asistentes utilizaron las siguientes expresiones: ‘1, 2, 3, colgadlo de los pies’, ‘psicópata’, ‘a por Sánchez’, ‘Pedro Sánchez, hijo de puta, ‘hay que quemar Ferraz’ o ‘no es una sede, es un puticlub’”.
Pese a esta retahíla de insultos, este juzgado de Madrid considera que los hechos referidos “no son constitutivos e infracción penal” por varios motivos. El primero, se señala que el acto más violento fue apalear el muñeco “que representa a una figura con apariencia de varón unicejo, con orejas prominentes y nariz larga. En ningún caso su apariencia reproduce la imagen del presidente del Gobierno”. Segundo, la concentración de la ‘Nochevieja nacional’ fue transmitida previamente a la Delegación del Gobierno. En tercer lugar, los vídeos difundidos en redes sociales “hacen referencia a ‘uvas 24 Ferraz’, ‘Especial uvas en Ferraz’, ‘Nochevieja patriótica 2023/2024 en Ferraz’, ‘Patriotas fostian una piñata de Sánchez en la Nochevieja de calle Ferraz’. Ninguna de estas expresiones puede relacionar a los que emiten vídeos con una ideología en concreto”.
Como últimas razones que alega la jueza instructora para no considerar lo sucedido en Ferraz como delitos de odio, se señala que, debido a la fecha en la que tuvo lugar, el 31 de diciembre, siendo “un ambiente festivo propio de ese día y probablemente después del consumo de bebidas alcohólicas”, además de verse en algunas de las imágenes “a una mujer vestida de fiesta”, este escenario se descarta.
No sin antes remarcar en el auto que “también se desconoce la ideología de los asistentes y si esta es común a los mismos. No se les vincula con ningún grupo. Por ello, difícilmente puede considerarse que con la conducta analizada expresen odio hacia otro grupo”. Todo ello pese a que la convocatoria, al igual que otras que se sucedieron también en Ferraz durante estos meses de 2023, fueron impulsadas por Revuelta, la asociación juvenil vinculada a Vox.
Haciendo referencia así a los tipos delictivos descritos en el artículo 510 del Código Penal, este juzgado de Madrid considera que considerar los hechos de la Nochevieja de Ferraz como tales “sería perjudicial para el pluralismo, la tolerancia y el espíritu que sustenta una sociedad democrática”. Además, se insiste: “Las expresiones analizadas no constituyen incitación al odio ni al presidente del Gobierno, ni al partido y, por tanto, no deben ser perseguidas. Quizás no esté bien visto desde un punto de vista cívico, con el lenguaje vulgar y soez podrían ser censurables, pero la falta de educación no es delito”.
Condenado a cárcel y a pagar una multa por colgar un muñeco de Abascal
Pese a esta resolución que afecta de lleno al PSOE, lo cierto es que hechos similares que también han acabado en los juzgados han obtenido un fallo distinto. Hay que retroceder al pasado mes de abril, cuando un miembro de las Brigadas Antifascistas de Castellón (BAF) fue condenado por el Juzgado de lo Penal 4 de Castellón fue condenado a ocho meses de prisión y a pagar una indemnización de 500 euros a Santiago Abascal, presidente de Vox, por colgar un muñeco con su foto y un tiro en la frente de un árbol.
El partido de ultraderecha reclamó entonces tres años de cárcel para el acusado al considerar que estos hechos fueron “constitutivos de delito de incitación al odio”. El juez, finalmente, redujo la pena a ocho meses y rebajó la multa a la mitad.
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