El Tribunal Supremo ha inadmitido la querella presentada por Vox contra Fernando Grande-Marlaska a raíz de la actuación policial frente a la sede nacional del PSOE, cuando se reprimieron con gas lacrimógeno las protestas en la madrileña calle Ferraz, el pasado 6 de noviembre.
En un auto fechado este 2 de febrero, la Sala de lo Penal descarta, como sí denunciaba el partido, una «motivación política» por parte del ministro del Interior.
La resolución, ponencia de la magistrada Carmen Lamela, confirma que Vox «no aporta indicio o principio de prueba alguno que pudiera servir de apoyo a la imputación que hacen a la persona aforada, Grande-Marlaska». Y, por ello, descarta «que la actuación policial que denuncia [Vox] obedeciera a una ‘orden con motivación política’ impartida por aquél».
En sintonía con la Fiscalía, la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo establece que «no puede imputarse responsabilidad penal» a Grande-Marlaska «sobre la única base de ser el máximo responsable del Ministerio del Interior, del que depende el Cuerpo Nacional de Policía, sin ofrecer dato o circunstancia alguna que permita afirmar que conoció los pormenores de la concentración que se estaba produciendo y/o dio instrucciones sobre la manera en que debían actuar los agentes policiales».
La querella que presentaron Vox y un sindicato afín al partido de derecha radical se dirigía, además de contra Marlaska, contra Francisco Martín Aguirre, el delegado del Gobierno en Madrid.
La formación encabezada por Santiago Abascal acusaba a ambos de un delito de prevaricación y de otro, «cometido por funcionarios públicos contra los derechos individuales».
En un primer momento, la querella se centraba en los hechos del pasado 6 de noviembre, cuando la Policía Nacional utilizaron gas lacrimógeno contra los manifestantes. Posteriormente, fue ampliada con la actuación de los antidisturbios en días sucesivos.
Pero el máximo órgano judicial español echa por tierra las pretensiones de Vox, al que reprocha que «no disponga de ningún elemento que avale racionalmente la verosimilitud [de los delitos que denuncia], limitándose el querellante a afirmar su existencia sin ningún apoyo objetivo».
«Por tanto, en el mismo sentido interesado por el Ministerio Fiscal, sin necesidad de valorar en este momento si la actuación policial denunciada fue o no abusiva o desproporcionada, ni de realizar consideraciones sobre si en la querella y en los videos se puede, realmente, apreciar o no ese carácter injustificado o ilegítimo con que se tilda la intervención policial, procede acordar la inadmisión de la querella formulada por Vox contra Fernando Grande-Marlaska», concluye el Supremo.
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