El respaldo mayoritario de los fiscales del Tribunal Supremo a las tesis del juez Manuel García Castellón, que ve indicios de terrorismo en las convocatorias de Tsunami Democràtric en protesta por la sentencia del ‘procés’, no sirve por sí solo para apuntalar un informe favorable a abrir una causa en el Tribunal Supremo contra Carles Puigdemont como responsable último de estos delitos. De hecho, será necesario un nuevo informe, que elaborará la teniente fiscal del alto tribunal, Ángeles Sánchez Conde, en el que no es necesario seguir el sentir mayoritario de la cúpula fiscal.
Es el as en la manga que guarda el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, porque le permitirá eludir la tesis partidaria a apreciar terrorismo en el informe final del ministerio público, que será el que llegue a la mesa de los magistrados del Supremo a los que corresponde en última instancia decidir sobre el futuro del expresident huido a Bélgica.
Se trata del principio de ‘unidad de actuación’ que debe regir las decisiones de la Fiscalía y al que podrá apelar Sánchez Conde para que en última instancia el criterio fiscal sea el mismo que mantiene el fiscal de Tsunami Democràtic en la Audiencia Nacional: que las acciones presuntamente delictivas de este grupo, como el asalto y bloqueo del aeropuerto de Barcelona-El Prat o el corte de la AP-7 a la altura de La Jonquera, se investiguen como desórdenes públicos, no como terrorismo.
La controversia entre la propuesta del fiscal Álvaro Redondo, contraria a esta tesis, y el resultado de la junta de fiscales celebrada este martes —12 frente a tres ven terrorismo, y 11 frente a cuatro, indicios suficientes contra Puigdemont y el diputado del Parlament por ERC Rubén Wagensberg– debe ser ahora resuelta por la número dos de la carrera, la teniente fiscal del Tribunal Supremo, Ángéles Sánchez Conde, cargo de absoluta confianza del fiscal general.
Los fiscales críticos con García Ortiz consideran que este nuevo escenario no constituye más que una «maniobra» para intentar librar a Puigdemont de una causa por terrorismo, y no dudan que para ello se hará oídos sordos a la opinión mayoritaria de los fiscales del Supremo a través de la aplicación del principio de unidad de actuación fiscal.
Previsto en el Estatuto
La solución adoptada está prevista en el artículo 24 del Estatuto Orgánico de la Fiscalía como un modo de resolver las discrepancias que pueden surgir en la celebración de las juntas. Fuentes fiscales señalan a este diario, no obstante, que la aplicación de dicho artículo es muy poco habitual y que este caso servirá para sortear el criterio mayoritario y poder mantener la tesis de Redondo. Este fiscal abogaba por no ver terrorismo ydevolver el asunto a García Castellón para que siga investigando al ver los indicios contra Puigdemont y Wagensberg tan «muy abiertos» que resultaban insuficientes para que el Supremo asumiera las pesquisas.
Según la norma, el criterio mayoritario no es vinculante porque los dos jefes con los que cuenta la sección primera reunida este martes –que son Fidel Cadena, que fue uno de los cuatro fiscales que participaron en el juicio del procés, y Joaquín Sánchez-Covisa— han mostrado posiciones enfrentadas. Ello implica que sea Sánchez Conde, como el superior de ambos, el que resuelva, lo que supone evitar, por otro lado, la implicación directa del fiscal general.
De hecho entre sus más críticos hay quien interpreta que la propia convocatoria de la junta de fiscales celebrada este martes formaba parte de esa estrategia, en la que García Ortiz quedaba, al menos aparentemente fuera, de cualquier intervención directa en el criterio definitivo del ministerio público.
Una vez la fiscalía emita su informe definitivo, será elevado a la Sala de lo Penal del Supremo, donde el magistrado Juan Ramón Berdugo, que fue uno de los que integraron el tribunal del procés, estudiará el asunto para después argumentar ante los demás magistrados que forman la Sala de Admisión del alto tribunal si procede o no dar curso a la exposición razonada firmada por García Castellón y asumirla o rechazarla.