El juez de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón ha rectificado el error formal que cometió al dictar el auto de apertura de juicio oral por la pieza Kitchen, que es la sentará en el banquillo, entre otros, al exministro del Interior Jorge Fernández Díaz por el espionaje al extesorero del PP Luis Bárcenas. Anula ahora su decisión de incluir en su resolución los delitos de secuestro y organización criminal, pero rechaza que ello conlleve la anulación de la resolución completa por la que se da impulso definitivo a la celebración del juicio.
En su auto, conocido este martes, el juez explica que en sus escritos de acusación el extesorero del PP y su mujer Rosalía Iglesias, así como la acusación que ejerce Podemos incluyeron respectivamente los delitos de secuestro y organización criminal, que el juez admitió en su auto de apertura de juicio oral. Se trata de conductas delictivas que no se pueden investigar en el procedimiento abreviado sino en el sumario. Por tanto, el magistrado acuerda excluir estos tipos penale
El magistrado da la razón a la Fiscalía, que planteó en su recurso que estos delitos, en abstracto, contemplan penas superiores a los nueve años de prisión que es el tope para los tipos penales que se pueden investigar en el marco del procedimiento abreviado, como se ha tramitado esta pieza. Del mismo error la defensa del número dos de Interior durante la presidencia de Mariano Rajoy, Francisco Martínez.