El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Granada ha exonerado a una vecina de La Zubia (Granada) del pago de una deuda de casi 300.000 euros que generó tras haber avalado a la empresa de su expareja durante el matrimonio, recayendo los pagos sobre ella cuando la sociedad quebró. La sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, ha perdonado las deudas de esta granadina en aplicación de la llamada Ley de Segunda Oportunidad y ello a pasar de que cuenta con una nómina razonable.
Desde la Asociación de Ayuda al Endeudamiento relatan que tener en el presente unos ingresos estables no exime de atravesar una situación económica delicada en el futuro y, de hecho, la protagonista de esta historia cobra una nómina de más de 2.000 euros mensuales.
Fue en el 2012, con el cierre del citado negocio de su expareja cuando comenzó a generar deudas a las que no podía hacer frente, situación que le obligó a solicitar diferentes vías de financiación. A pesar de su esfuerzo por pagar, sus gastos personales y familiares no llegaban a cubrir todas las cuotas y los correspondientes intereses y comisiones de demora.
Entró entonces en una vorágine de constantes reclamaciones, amenazas y llamadas de recobro, lo cual ya no sólo afectó a su economía, sino también a su salud. El estrés generado por las llamadas de recobro sumado al miedo de que embargaran su nómina la llevó a investigar sobre la Ley de la Segunda Oportunidad y ahí solicitó asesoramiento a la Asociación de Ayuda al Endeudamiento.
Según explica uno de los letrados que han llevado el proceso, Pepe Domínguez, la primera actuación llevada a cabo por la asociación fue comunicar a los Juzgados de Granada la situación de insolvencia de esta mujer para dar comienzo a un periodo de negociación conjunta con todos los acreedores.
Esto ya le posibilitó dejar de pagar todos sus préstamos y créditos, evitar cualquier intento de embargo y, en consecuencia, un respiro económico. Posteriormente, los letrados propusieron a las diferentes entidades un plan de pagos acorde con las posibilidades de la deudora pero lo rechazaron y el asunto acabó en el Juzgado Mercantil 2 de Granada.
- Left6:No existe configuración de publicidad para el slot solicitado
Una vez revisada la insolvencia y la buena fe de la solicitante, el tribunal dictó la resolución definitiva concediendo el Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho, con lo que esta granadina ha quedado libre de pagar los 293.520 euros que debía.