El juicio celebrado en la Audiencia Nacional contra Iberdrola Generación y cuatro de sus directivos por incrementar el precio de la luz acaba en absolución. El juez central de lo Penal José Manuel Fernández Prieto no encuentra que ni la compañía ni sus responsables hayan incurrido en el delito contra el mercado y los consumidores del que habían sido acusados por idear presuntamente el sistema que causó un incremento el precio de la electricidad entre el 30 de noviembre y el 23 de diciembre de 2013.
La Fiscalía y el resto de acusaciones pedían penas de prisión de tres años y 193 millones de euros entre multas y responsabilidades civiles, si bien la sentencia conocida este miércoles incide en que se pretendía una interpretación extensiva del tipo penal de manipulación que no debe aplicarse a este caso, al no existir una actuación contraria al principio de legalidad que regula el derecho penal.
Así, el juez da por “plenamente probado” que Iberdrola, en el año 2013, puso en el mercado toda la energía hidroeléctrica de la que disponía y que el mercado estaba ya liberalizado y el precio era libre, frente a la alegación de las acusaciones de que Iberdrola se había “guardado el agua” y el precio era, a su juicio, excesivo e injustificado. Concluye que “resulta francamente harto complicado apreciar la existencia de un delito por la realización de algo que no estaba prohibido y, por tanto, se encontraba legalmente permitido”.