La pugna entre la Unión Europea (UE) y Meta sigue recrudeciéndose. Este jueves, el Comité Europeo de Protección de Datos (CEPD) reiteró su decisión vinculante y de urgencia que prohíbe a Facebook e Instagram rastrear la actividad de sus usuarios dentro de ambas plataformas y usar esa información personal con fines publicitarios.
Ya en diciembre de 2022, el organismo europeo, la mayor autoridad del continente en materia de regulación y protección de datos, advirtió que el gigante tecnológico estadounidense no tenía una «base jurídica adecuada» para explotar los datos de sus usuarios para vender publicidad comportamental, la que permite a las empresas personalizar los anuncios en base a las características y gustos que definen a esas personas.
En su comunicado, el CEPD concluye que el gigante de las redes sociales ha violado de forma continuada el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), la principal ley de privacidad de la UE. No solo eso: también lamenta que Meta no haya cumplido con las decisiones de las autoridades.
Su reiterada decisión llega después que el regulador en Noruega dictaminase una prohibición temporal de tres meses a Meta. La compañía capitaneada por Mark Zuckerberg no cumplió y fue obligada a pagar una multa de casi 89.000 euros por cada día que no acataba con la decisión de la autoridad competente.
A principios de noviembre, el CEPD ya anunció la prohibición de este método de rastreo ilícito de Facebook e Instagram en los 27 países que integran la UE y en otros tres del Espacio Económico Europeo (Noruega, Islandia y Liechtenstein). La restricción afectará a unos 250 millones de usuarios que Meta tiene en el continente, uno de sus principales mercados mundiales.