Gubel, sociedad controlada por la empresaria Helena Revoredo, accionista mayoritaria y presidenta de Prosegur, ha anunciado el lanzamiento de una oferta pública de adquisición de acciones (OPA) voluntaria sobre el 15% del capital social de la compañía de seguridad por hasta 149,6 millones de euros, según la información remitida este miércoles por Prosegur a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).
Revoredo, a través de Gubel y de su filial íntegramente participada Prorevosa, es titular directa e indirectamente del 59,899% del capital social de Prosegur y del 61,445% de sus derechos de voto, excluyendo las acciones en autocartera, con lo que, de triunfar la OPA, alcanzaría el 75% del capital de la compañía de seguridad.
La OPA se dirige a todos los titulares de acciones de Prosegur y se extiende a la adquisición de un máximo de 81.754.030 acciones a un precio de 1,83 euros por título en efectivo, lo que supone una prima del 27,4% sobre el precio al que cerraron ayer las acciones de Prosegur (1,43 euros) y del 28,55% sobre el precio medio ponderado de 1,424 euros por acción del último mes.
Las acciones de Prosegur en manos de Gubel (326.468.224 acciones, representativas del 59,899% de su capital social) se inmovilizarán hasta la finalización de la OPA.
La oferta se formula exclusivamente en el mercado español, que es el único en el que cotizan las acciones de Prosegur, aunque va dirigida a todos los accionistas, con independencia de su nacionalidad o lugar de residencia.
Gubel ha asegurado que «tiene comprometida financiación suficiente para obtener los fondos necesarios para atender la contraprestación total de la oferta». De hecho, precisa que esta contraprestación «estará garantizada por un aval bancario».
La OPA no está sujeta a ninguna condición, por lo que será válida y surtirá efecto cualquiera que sea el número de acciones que la acepten.
Gubel asegura en el anuncio previo a la OPA remitido a la CNMV que esta oferta «no constituye una concentración económica y, en consecuencia, no está sujeta a la obligación de notificación ni a la obtención de ninguna autorización o no oposición, con carácter previo o posterior a su formulación, por parte de la Comisión Europea, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia o de cualquier otra autoridad de competencia».
«La oferta no está sujeta a la obligación de notificar a ninguna autoridad española o extranjera, ni a la obtención de ninguna autorización de otra autoridad administrativa española o extranjera distinta de la CNMV», concluye.