Los fiscales, que renunciarán a un recurso de reforma ante el propio magistrado y acudirán directamente en apelación a la Sala de lo Penal, consideran que, al haberse iniciado el procedimiento por delito de sedición, y una vez desaparecido este, la causa solo puede seguirse por desórdenes públicos en los juzgados de Barcelona, informan a El Periódico de España, del grupo Prensa Ibérica, fuentes jurídicas.
Antes de que el juez dictara este auto, la Fiscalía de la Audiencia Nacional ya venía preparando un informe para que la causa fuera juzgada en Barcelona por desórdenes públicos, en atención a las informaciones policiales que constan en las actuaciones.
Según publicó el pasado junio El Periódico, perteneciente también al grupo Prensa Ibérica, los fiscales ya adelantaban que no apreciaban indicios de que exista terrorismo y que, por haberse derogado la sedición también desaparecía a su juicio la competencia de la Audiencia Nacional para investigar las cinco acciones atribuidas a Tsunami Democràtic. Estas son el bloqueo del aeropuerto de Barcelona-El Prat, el corte de la frontera con Francia a la altura de la Jonquera, la desobediencia a la Junta Electoral Central durante la jornada de reflexión de las elecciones generales de diciembre de 2019, acciones contra empresas del Ibex y los disturbios que se vivieron durante el clásico en el que se desplegó una pancarta y se lanzaron pelotas al campo con el lema «Sit and Talk».
Para el titular del Juzgado Central de Instrucción número 6, sin embargo, «el análisis de los hechos expuestos no permite excluir, en absoluto, que Tsunami pudiera tener la consideración de grupo terrorista, debiendo esclarecer si se llegó a materializar su actuación con alguno de los delitos del art. 573 CP», según detalla en su auto. El mismo recoge delitos, entre otros, contra la vida o la integridad física de atentado y tenencia, tráfico y depósito de armas, municiones o explosivos.
La Audiencia Nacional también tenía previsto resolver si podía retener la causa por las dudas en torno a esa calificación jurídica y por la presencia en la misma de dos aforados, que son Puigdemont y el diputado de ERC en el Parlament de Cataluña Rubén Wagensberg.