MADRID, 31 (EUROPA PRESS)

La Fiscalía Anticorrupción ha pedido al juez de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón que anule el auto de apertura de juicio oral por la denominada ‘Operación Kitchen’ por la inclusión en el mismo de un error técnico.

En un escrito remitido al titular del Juzgado Central de Instrucción Número 6, y recogido por Europa Press, los fiscales explican que esa resolución del juez incluye el delito de secuestro, que es típico del procedimiento sumario ordinario y no del procedimiento abreviado, como acordó el magistrado.

En este contexto, Anticorrupción explica que «el procedimiento abreviado se aplicará al enjuiciamiento de los delitos castigados con pena privativa de libertad en abstracto no superior a nueve años». «De este modo, para el caso de los delitos castigados con pena de prisión superior a nueve años el procedimiento a seguir será el sumario ordinario», recuerdan.

El delito de secuestro, continúan, contempla penas de prisión de seis a diez años. «Por lo tanto, estando castigado con pena de prisión de superior a nueve años, no puede procederse a su enjuiciamiento en el seno de un procedimiento abreviado, como el tramitado en la presente causa», aducen.

Así, la Fiscalía incide en que si «el instructor entendía que efectivamente existían indicios de la comisión de delito de secuestro debía haber procedido, de conformidad con lo dispuesto» en la ley, «a transformar las diligencias previas en procedimiento sumario ordinario».

«En el presente momento procesal, firme, pues, el auto que acordó la prosecución de la causa por los trámites del procedimiento abreviado, no resulta posible la transformación de la causa en sumario ordinario», concluye Anticorrupción.

EL AUTO DEL JUEZ

Fue el pasado 13 de octubre cuando el juez acordó la apertura de juicio oral contra el exministro del Interior Jorge Fernández Díaz y la excúpula del Ministerio por la denominada ‘Operación Kitchen’, el operativo parapolicial puesto en marcha supuestamente con el objetivo de sustraer al ex tesorero del PP Luis Bárcenas material relacionado con la investigación judicial del caso ‘Gürtel’.

En un auto de 24 páginas, recogido por Europa Press, el magistrado rechazó por «extemporánea» la petición de la acusación ejercida por el PSOE de declarar la responsabilidad civil a título lucrativo del PP y la estableció, de forma subsidiaria, para la Administración General del Estado en el caso de que los investigados resultaran condenados.

La resolución del titular del Juzgado Central de Instrucción número 6 incluía todos los delitos planteados por las acusaciones y que contemplan delitos de descubrimiento y revelación de secretos, prevaricación, omisión del deber de perseguir los delitos, cohecho, tráfico de influencias, malversación, encubrimiento, contra la intimidad y obstrucción a la justicia. En el caso del PSOE, Podemos y de la familia Bárcenas, además, añadían los de organización criminal o asociación ilícita, entre otros.

Además de al exministro, el juez envió a juicio al exsecretario de Estado de Seguridad Francisco Martínez, quien fuera director adjunto Operativo (DAO) Eugenio Pino, a los responsables policiales José Luis Olivera, Marcelino Martín Blas, José Ángel Fuentes Gago, Bonifacio Díez Sevillano, Enrique García Castaño, Bonifacio Díez Sevillano, Andrés Manuel Gómez Gordo, al comisario jubilado y principal investigado en la macrocausa ‘Tándem’ José Manuel Villarejo, así como al chófer de Bárcenas Sergio Ríos Esgueva.