El pasado mes de abril se hizo pública la sentencia sobre el caso de abusos sexuales a Carlota Prado por parte de José María López una de las noches de la edición de ‘Gran Hermano Revolution’ de 2017. La juez de lo Penal número 18 de Madrid condenó a 15 meses de cárcel al exconcursante del reality por abusos sexuales dentro de la popular casa de Guadalix durante una fiesta retransmitida en directo.
Además, el concursante fue condenado a cuatro años de alejamiento e incomunicación de la víctima y a indemnizarla con la cantidad de 6.000 euros como resarcimiento por el daño moral ocasionado. La productora Zeppelin deberá responder en concepto de responsable civil subsidiario y pagar 1.000 euros más a Carlota Prado.
Ejecución de la sentencia
Seis meses después, el Juzgado de lo Penal nº7 de Madrid ha ordenado ejecutar la sentencia de este procedimiento por el delito de abusos sexuales. En este documento, fechado el pasado 10 de octubre, la jueza ha ordenado al penado que señale cual va a ser su domicilio y teléfono para las próximas citaciones hasta el archivo de las actuaciones.
Posteriormente, ha exigido a José María López que pague ya la indemnización de 6.000 euros, siendo Zeppelin Televisión el responsable civil subsidiario si no puede hacer frente a esa cantidad. La productora además deberá pagar 1.000 euros por el daño causado al mostrar con posterioridad a Carlota Prado el vídeo de los hechos.
La jueza deja claro que como José María López ha sido condenado a una pena de 15 meses de cárcel, no debe entrar en prisión. Para el abono de dichas cantidades, se otorga a un plazo de diez días.
Cuatro años de alejamiento e incomunicación
La justicia ha ordenado, en cualquier caso, que José María López comience a cumplir los cuatro años de alejamiento e incomunicación respecto a Carlota Prado.
Exige también que se informe a todas las partes y al Ministerio Fiscal sobre el informe de suspensión de la condena. Contra esta resolución cabía la posibilidad de interponer recurso de reforma.