La Orden Anual de Pesca de Castilla y León para la temporada 2024 no presenta novedades, como se ha confirmado en el Consejo Territorial de Pesca reunido esta mañana bajo la presidencia de la delegada territorial, Leticia García. 

En la provincia de Zamora, el periodo hábil para el acceso a las aguas trucheras se establece desde el sábado, 30 de marzo, hasta el lunes, 31 de julio, ambos inclusive. Aunque en el caso de la pesca de la trucha común, el periodo se retrasa al 1 de mayo en algunas aguas del Río Forcadura y del Arroyo Carambilla.

Como ha informado la Junta a trav-és de una nota de prensa, atendiendo al Plan de Pesca, el acceso a las aguas no trucheras será libre todos los días del año en cotos de pesca, escenarios deportivos-sociales y masas de agua en régimen especial. La trucha común destaca entre las 14 especies autóctonas pescables en la provincia debido a su alto interés ecológico y deportivo que reúne, y cuyo aprovechamiento piscícola mantiene un gran arraigo en una provincia de vocación rural como es Zamora. Esta especie se presenta fundamentalmente en la cuenca alta del río Tera. Los barbos, la tenca, las bogas, el bordallo, el piscardo y el carpín, son otras especies pescables que despiertan interés. 

Las tallas autorizadas en las aguas de acceso libre, tanto trucheras como no trucheras, son de 18 centímetros para los barbos, 15 cm para las tencas, 10 cm para las bogas, mientras que en las especies más pequeñas como el gobio y piscardo son a partir de los 8 centímetros.

Respecto a los cupos autorizados para los barbos y las bogas, el pescador podrá recoger por día 6 ejemplares de cada especie en las aguas de acceso libre trucheras y no trucheras. Está restringida la pesca de estos ejemplares los meses de mayo y junio debido a que su captura puede amenazar e interrumpir su etapa prerreproductora. 

Especies exóticas

No varía la gestión y el control de especies exóticas invasoras. De este modo, la pesca de la carpa y del black-bass queda permitida en todas sus modalidades en las masas de agua incluidas en la Orden FYM/339/2019 por la que se aprueba la delimitación cartográfica del área ocupada por dichas especies. No podrán devolverse al agua el resto de ejemplares de especies incluidas en el Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras que son capturados durante la acción de pesca, por lo que no se delimita talla ni cupo de captura para dichas especies.

Por último, el periodo para la captura del cangrejo rojo y del cangrejo señal se iniciará, sin límite del número de ejemplares, el 1 de junio y se prolongará hasta el 31 de diciembre en las masas de agua delimitadas mediante la Orden FYM/339/2019, salvo en los refugios de pesca. 

Licencia

La licencia de pesca debe obtenerse a través de internet (www.jcyl.es) o bien, si existen dificultades, llamando al Servicio de Atención al Ciudadano (teléfono 012) le asistirán sobre los pasos a seguir. Siempre se deberá llevar una copia de la licencia de pesca por si es requerida por las autoridades competentes. En el caso de los permisos y pases de control bastará con el SMS correspondiente a cada autorización en el teléfono móvil. No obstante, toda la información relativa a la pesca se encuentra siempre disponible en la página web de la Junta de Castilla y León y en el portal de pesca (www.pescacastillayleon.es).