El 20 de julio de 2023, el Tribunal Supremo finalmente avaló los cambios que se recogieron en el Real Decreto de 2021 acerca de las medidas urgentes para reducir la temporalidad en el empleo público. Es decir, ese documento normativo preveía que el personal interino de la Administración Pública pasará a ser funcionario sin opositar, eso sí, con un pero: solo afecta a quienes estén en activo desde antes del 1 de enero de 2016 y tengan más de 5 años de antigüedad.
Diferencias entre interinos y funcionarios
Los funcionarios son empleados públicos con una plaza permanente y estable en la administración pública. Han superado un proceso de selección, como un concurso-oposición, y tienen una relación laboral de carácter indefinido.
Interinos
Los interinos son empleados públicos que cubren temporalmente una plaza vacante o una ausencia temporal de un funcionario titular. Su nombramiento es provisional y puede variar en duración dependiendo de la necesidad que justifique su contratación.
Los cambios
Si bien hasta la fecha no se podía ser funcionario sin pasar por un proceso de selección, los interinos que hayan empezado a estar en activo desde antes del 1 de enero de 2016 y que cumplan como mínimo 5 años de antigüedad, podrán serlo.
La Federación de Servicios a la Ciudadanía de CCOO (FSC-CCOO) confirmó a Newtral que se trata de una medida heterogénea que afecta a todas las administraciones públicas y sector público empresarial, afectando a más de 600.000 personas.