La conquista de poder estudiar en valenciano se vende como un derecho adquirido, es decir, como si habláramos del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). A nadie le coge en la cabeza que un trabajador renuncie a dicho salario y quiera cobrar por debajo de él. Es decir, debemos sentir el conocimiento del valenciano como un derecho adquirido, tal y como lo es el SMI para todos los trabajadores.

El estudio en valenciano, que por cierto es muy distinto al estudio de «el valenciano», no se trata de un derecho adquirido, ya que se basa en un falso bilingüismo, que no existe en nuestra Comunidad. Aquí, en nuestra tierra, hay personas que son bilingües, porque sus familias lo son o porque lo han estudiado (el castellano y el valenciano) y después hay otras personas que no lo son. Estas últimas sólo conocen el castellano, bien porque no hablan el valenciano en sus casas o bien porque proceden de otras comunidades de España. De momento, no hay fronteras entre nuestras comunidades, por lo que los territorios no tienen derechos lingüísticos, dichos derechos los tienen las personas.

¿Acaso es más valenciana una persona por conocer y usar la lengua valenciana? Si nos pusiéramos así yo entraría en esa disputa muy beneficiado, ya que me casé un 9 de octubre (día de la Comunidad Valenciana). ¿Qué hay más valenciano que eso?

Si no existe bilingüismo, ese derecho adquirido en el que han convertido el estudio en valenciano carece de sentido. Es la persona en cada caso individual, la que debe elegir si desea estudiar o no en valenciano. El derecho a estudiar en valenciano, tiene un doble efecto: Por un lado, implica voluntariedad para el ciudadano o administrado; por otro, implica que la Administración Pública debe estar preparada para atender las solicitudes de las personas que demanden estudiar en valenciano o que se les atienda en valenciano en sus oficinas.

Inicio del cuero en un centro educativo INFORMACIÓN


¿Acaso es más valenciana una persona por conocer y usar la lengua valenciana?

El artículo 3 de la Constitución dice que: «1. El castellano es la lengua española oficial del Estado. Todos los españoles tienen el DEBER de conocerla y el DERECHO a usarla. 2. Las demás lenguas españolas serán también oficiales en las respectivas Comunidades Autónomas de acuerdo con sus Estatutos».

Sin embargo, veamos qué ocurre en el Estatuto de Autonomía de la Comunidad . En el artículo 6 (se modifica por el art. 7 de la Ley Orgánica 1/2006, de 10 de abril) del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana, se dice que: «1. La lengua propia de la Comunidad Valenciana es el valenciano. 2. El idioma valenciano es el oficial de la Comunidad Valenciana, al igual que lo es el castellano, que es el idioma oficial del Estado. Todos tienen DERECHO a conocerlos y a usarlos y a recibir la enseñanza del, y en, idioma valenciano».

El «derecho» implica voluntariedad, y la inmersión en valenciano que existe en la oferta de proyectos lingüísticos de colegios e institutos públicos de la Comunidad Valenciana, y en concreto de nuestra ciudad de Elche, es de todo menos voluntaria. El problema es que la voluntariedad se confunde con la obligatoriedad y en lugar de estimular se opta por imponer el conocimiento de la lengua valenciana, a través de la vehiculación en valenciano de asignaturas no lingüísticas.

El idioma valenciano, que sin duda es un patrimonio cultural que ha de ser objeto de especial respeto y protección, debe introducirse en condiciones de libertad.

Esa protección se debería conjugar con la libre elección de lengua, en mi humilde opinión, de la siguiente manera:

1º La lengua valenciana, es decir la materia lingüística, se debería impartir como obligatoria en toda la Comunidad, incluso en los territorios castellano hablantes (ya que vivimos en una comunidad con dos lenguas cooficiales, aunque sólo el español sea de obligado conocimiento).

2º Se tendría que blindar dicha libertad de elección de lengua (castellano o valenciano en aquellas materias no lingüísticas), facilitando la libre elección a los padres y madres, de entre los distintos proyectos lingüísticos existentes y en base a la lengua materna de las familias.

Con la entrada en vigor de la Ley de Plurilingüismo y la consiguiente inmersión en valenciano, es decir, la vehiculación en valenciano de asignaturas no lingüísticas, incluso troncales, se quita libertad de elección a muchos padres y madres, que lo que quieren es una educación en castellano para sus hijos.

Yo me quedo perplejo cuando leo cosas como que: «la Ley de Plurilingüismo respeta el derecho de la ciudadanía de aprender valenciano y acaba con la discriminación». Pero, ¿qué derecho protege? Yo lo veo claro en mi familia, si lo que nosotros queremos es estudiar en castellano. Eso se llama imposición y recorte de derechos.

Desde aquí animo a todos los simpatizantes y promotores del plurilingüismo en la Comunidad Valenciana a que soliciten una reforma constitucional y, sobre todo, una reforma del propio Estatuto de Autonomía donde se cambie únicamente la palabra «DERECHO» por la palabra «OBLIGACIÓN». Mientras esto no suceda, un servidor no se cansará de reivindicar el cumplimiento estricto de la Ley (con sus derechos y sus obligaciones) y sobre todo el derecho que tenemos padres y madres de poder elegir proyectos lingüísticos para nuestros hijos en libertad, en castellano o en valenciano, dependiendo de la LENGUA MATERNA DE LAS FAMILIAS.

En ese sentido se pronuncia la Sentencia 162/18 del TSJCV de fecha 25/04/2018: «El derecho de los padres de elegir en qué idioma estudian sus hijos no puede ser sustituido por la Administración, el Consejo Escolar o las Asociaciones de Padres».

Mientras esto no suceda, un servidor no se cansará de reivindicar el cumplimiento estricto de la Ley (con sus derechos y sus obligaciones) y sobre todo el derecho que tenemos padres y madres de poder elegir proyectos lingüísticos para nuestros hijos en libertad, en castellano o en valenciano

Me ha parecido razonable publicar este artículo, ya que últimamente en los partidos políticos y en los medios de comunicación andan un poco perdidos, confiriendo derechos a los territorios. Es un error de bulto, no casual, ya que los derechos son propiedad de las personas, inalienables e intransferibles, y que confieren a su titular la libertad de elegir.