El director general del Grupo Cordial, Nicolás Villalobos, ha acusado a Cementos Especiales de las Islas (Ceisa) de crear «un falso dilema» entre el sector turístico y el industrial en Santa Águeda, de generar «un falso debate sobre la diversificación» económica en la isla e insiste que en «los planificadores del territorio ya resolvieron el problema del futuro de ese puerto en el Plan Insular de Ordenación (PIO) de 1995, el de 2003 y ahora en 2022», que señala que la infraestructura pasará a ser deportiva una vez acabe la concesión industrial. Villalobos también acusa a los cementeros de «evitar maliciosamente» hablar del artículo 91 de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, que establece que cuando una concesión portuaria esté vinculada a otra concesión minera, su titular podrá solicitar la renovación antes de su extinción, una circunstancia que Villalobos considera que no se da en este caso. «La renovación de la concesión del puerto debieron solicitarla antes de marzo de 2020, cuando caducó, y la pidieron en marzo de 2021, un año después de haber expirado», sostiene.

Vista de la cementera de El Pajar y del Resort Cordial Santa Águeda. Juan Castro


Villalobos se pronuncia en estos términos días después de que el coordinador general de Ceisa, Claudio Piernavieja, asegurara en una entrevista a este medio que confía en que el Gobierno de Canarias dé a la cementera «la importancia que tiene la industria en su papel estratégico en la economía canaria, y reconozca la necesidad de diversificar para tener un archipiélago menos dependiente». Todo ello tras el anuncio del consejero de Obras Públicas, Pablo Rodríguez, de que Puertos Canarios no renovará la concesión industrial del puerto de Santa Águeda, una decisión pendiente de ser ratificada en el Consejo de Administración de ese ente público.

En este contexto, para el director general del Grupo Cordial, Ceisa «está pretendiendo crear un debate inexistente» sobre la coexistencia entre los sectores industrial y turístico para desviar la opinión pública del debate jurídico que subyace sobre la aplicación de la normativa para renovar o no la concesión industrial sobre el dominio público del muelle. «Claro que los canarios queremos industria pesada y los puestos de trabajo que conlleva y queremos turismo, pero tenemos claro que tenemos usos incompatibles y para eso los planificadores del territorio han ubicado polígonos industriales alejados de zonas residenciales y turísticas, donde sus externalidades negativas no impacten en otros usos», señala Villalobos, «la propia Cordial fue fundada por industriales, por tanto claro que queremos industria; es un falso debate el de la diversificación de la economía, pues eso nadie lo discute».

«Los cementeros evitan de forma maliciosa hablar del artículo 91 de la Ley de Puertos»




El empresario defiende su argumentación poniendo como ejemplos la refinería de Tenerife o la fábrica de la luz, la Cícer, en Las Canteras. «¿Acaso los tinerfeños no quieren gasolinas refinadas o los palmenses no queríamos electricidad y empleos? Claro que sí, pero no en el centro de las ciudades o sobre la arena de Las Canteras, y lo mismo pasa con la cementera en El Pajar, que llegó en 1957 cuando no existía la industria turística que nos sacó de la pobreza más absoluta pero ahora está incrustada una industria pesada en lo mejor de la franja litoral sur», añade Villalobos.

Con la aprobación del Plan Insular de Ordenación y la reconversión de Santa Águeda en pieza turística, y para promover que los cementeros que están en suelo privado trasladen su fábrica a Arinaga, Villalobos «aplaudiría» que el Gobierno pueda darles incentivos en forma de aprovechamientos en la edificabilidad de un hotel y ventajas en el polígono industrial. «La Administración debe ser generosa, pero los cementeros deberían empezar a ponerse en clave positiva, cambiar el tono, y deja de amenazar con llenar las carreteras de camiones».

Informes

A juicio del empresario, la cementera alude al argumento de la diversificación económica para evitar hablar de que la renovación de la concesión para mantener el puerto industrial«no tiene ninguna base jurídica», a pesar de que Piernavieja ha asegurado públicamente que el expediente tiene informes favorables de varias administraciones y «la concesión está lista para ser otorgada». «Están apelando a informes adanistas que simplemente analizan si sería posible un encaje de un uso mixto por puro interés político cuando el debate sobre el puerto deportivo ya estaba cerrado por los planificadores del territorio en el PIO de 1995, luego en 2003 y ahora en 2022, que establece que al acabar la concesión el muelle debe ser deportivo», relata, «pero ninguno de los documentos entra en lo esencial que se tiene que dirimir aquí, que es si es de aplicación el artículo 91 de la Ley de Puertos y de la Marina Mercante», señala Villalobos.

Nicolás Villalobos en una imagen de archivo en un foro sobre los retos del sector hotelero. Andrés Cruz


Ese artículo señala que «cuando el objeto de una concesión de ocupación de dominio público portuario, extinguida por el transcurso del plazo previsto en el artículo 82 de esta ley, fuese el ejercicio de una actividad amparada por otro título otorgado por la Administración General del Estado por un plazo superior, para la extracción de recursos minerales o para usos energéticos o industriales, su titular podrá solicitar, con antelación a su extinción, que se le otorgue una nueva concesión de ocupación de dominio público portuario por un plazo igual al que reste de vigencia a la concesión de la actividad extractiva». Pero Villalobos considera que no es de aplicación porque, tal y como ha defendido hasta ahora y como señala el dictamen elaborado por los expertos Francisco José Villar y Andrés González, ambas concesiones, la portuaria y la minera, no estarían vinculadas.

«Para que se considere que la concesión del puerto está subordinada a la de la mina lo debería recoger así el título concesional, y no recoge esa subordinación porque es imposible, pues la autorización del puerto es de 1972 y la de minas de 1978», sostiene Villalobos, «¿cómo se puede pretender que lo anterior esté subordinado a lo posterior? Y todo esto lo han obviado todos los informes a los que alude Ceisa porque son informes que solo debaten si cabría la posibilidad del uso compartido pero obvian que los cementeros invocan un artículo 91 que no es de aplicación».

«Claro que los canarios queremos industria y empleo, pero para eso están los polígonos»


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Y va más allá. «Suponiendo que hubiese subordinación, el artículo 91 señala que para tener derechos de una nueva concesión del puerto, ésta debía haberse solicitado antes de su vencimiento, algo que ocurrió el 10 de marzo de 2020 y Ceisa lo solicitó en marzo de 2021, por tanto es una solicitud extemporánea». Villalobos defiende que la concesión concluyó el 10 de marzo de 2020 y no el 28 de octubre de 2022 como recoge el Portal de Transparencia de Puertos Canarios porque, tras diferentes permisos para sucesivas ampliaciones del muelle, todas las autorizaciones se refundieron en una sola en 1990 por 30 años. También sostiene que es nula de pleno de derecho la concesión en 2016 hasta 2046 de la cantera de San José «porque la solicitud debía realizarse tres años antes y no se respetaron los plazos previstos en el Reglamento de Minas». En su comparecencia de hace dos semanas, el coordinador general de Ceisa, Claudio Piernavieja, aludió a que el Gobierno de Canarias, en la anterior legislatura, inició un expediente de otorgamiento de título concesional apoyado tanto sobre el artículo 91 de la Ley de Puertos y Marina Mercante como el 66.3 de la Ley de Costas.

Por último, sobre las palabras de Piernavieja, quien consideró que el dictamen de Villar y González era un «informe de parte encargado por Propiedades Cordiales», Villalobos señala que la consejería de Obras Públicas «pidió y pagó» el mismo dictamen «antes que el sector turístico y recibió un informe en el mismo sentido, pero sin embargo ha obviado en todos los informes lo esencial: el artículo 91 que exige que la solicitud, si hubiese estado subordinada, que no es el caso, deba realizarse antes del vencimiento de la concesión».