La prohibición de tenencia y cría por parte de particulares de determinadas especies animales no es algo nuevo en España ni nada que haya inventado el actual Gobierno. Desde 2013, muchas de ellas están incluidas en el Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras que prohíbe categóricamente tener en casa mapaches, cotorras argentinas, agapornis, cerdos vietnamitas, tortuga peninsular, erizos o coatíes, entre otros animales. Sin embargo, la nueva Ley de Bienestar Animal, que este viernes 29 de septiembre entra en vigor, amplía notablemente el listado de mascotas prohibidas en casa y restringe las permitidas.

La nueva norma establece una serie de requisitos para que un animal se considere doméstico. Para ello, ha de figurar en el listado de especies permitidas, que se aprobará con posterioridad a la aprobación de la ley. En general, dichos requisitos consisten en que la especie sea fácil de atender en lo que se refiere a sus necesidades ecológicas, fisiológicas y etológicas, que esté acreditado científicamente que puede vivir en cautividad, que no suponga un riesgo para las personas por su agresividad, veneno o tamaño, y que no haya riesgo de que, en caso de escapar, pueda convertirse en una especie invasora, colonizando hábitats y causando daños ambientales.

Atendiendo a estos criterios, la Ley de Bienestar Animal conlleva la prohibición de tener en casa de animales como los siguientes:

-Ratones

-Hámsters

-Cobayas

-Chinchillas

-Conejos

-Tortugas

-Periquitos

-Cotorras

-Agapornis

-Serpientes

-Arañas

-Iguanas

-Camaleones

-Geckos

-Aves originarias de otros países

En el caso de tener ya, con anterioridad a la entrada en vigor de la ley, alguna de estas mascotas, la norma permite conservarlas en casa hasta su fallecimiento, previa notificación a las autoridades correspondientes.

Los hámsters, chinchillas o ratones, también prohibidos Bunko


Objetivo: evitar especies invasoras

En el caso de los roedores citados en la lista anterior, el motivo de su prohibición es preservar la fauna silvestre y autóctona del medio natural: “No se incluirán en el listado positivo de animales de compañía especies para las que exista certeza de su carácter invasor o que, en caso de escape y ausencia de control, supongan o puedan suponer un riesgo grave para la conservación de la biodiversidad”, señala la ley.

Este es el mismo motivo por el que también se excluye al conejo, que, con más de un millón y medio de ejemplares en España en 2020 y serios perjuicios ambientales, resulta ser una mascota con cierta aceptación entre mucha gente.

Incluso las tortugas, tan populares en muchos hogares, quedan también prohibidas y ello es porque, según el Ministerio para la Transición Ecológica, son animales que contienen una importante cantidad de vectores patógenos, como hongos parásitos, y, por tanto, transmisores de enfermedades.

La prohibición de los periquitos tiene su razón de ser, según el Ministerio de Derechos Sociales, en la exclusión de “especies silvestres de fauna no presentes de forma natural en España”, el mismo caso de cotorras, agapornis y otras aves no autóctonas del país.

Los conejos causan cada vez más problemas ecológicos Agencias


El texto legal no establece aún un listado de animales permitidos, que deberá ser aprobado por el Gobierno en el plazo máximo de 48 meses desde la entrada en vigor de la ley.

Disparidad de criterios en Europa

No parece existir unanimidad en los países de la Unión Europea respecto a qué debe entenderse por un animal de compañía o no. Por ejemplo, en Bélgica, donde acaba de aprobarse también una Ley de Bienestar Animal, se permite tener conejos, hurones, hámsters, ciervos, cobayas o ardillas.

En Holanda, que tiene una ley similar desde 2015, el listado de especies permitidas se reduce a 30, entre las que figuran varios tipos de roedores, así como conejos y hurones, así como jabalíes, alpacas o búfalos.

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