- Fotografías de la víctima y de su mujer
- Discurso de odio por razones ideológicas
- Dos años sin comunicarse con la víctima
La Audiencia Provincial de Barcelona ha confirmado la condena de 16 meses de prisión para un hombre que llamó “rata fascista” a otro por Facebook y amenazó con darle la “paliza de su vida”.
Dado que “ya existían tensiones graves relacionadas con este discurso en la sociedad”, la magistrada ha considerado que concurre, además de un delito de amenazas, una agravante por cometerlas por motivos ideológicos.
Fotografías de la víctima y de su mujer
La sentencia consultada por Confidencial Digital expone que entre los días 3 y 5 de enero de 2018 el acusado, movido por el “profundo odio” hacia la ideas políticas de un hombre que había manifestado su rechazo al movimiento independentista catalán, le envió varios mensajes a través de la app Messenger de Facebook.
Entre ellos, figura uno en el que le llama “nazi” y “paleto franquista”, además de proclamar insultos contra el rey, Francisco Franco y Luis Carrero Blanco.
“Como te pille directamente te mato a hostias porque es lo que te mereces, cínico miserable sinvergüenza», le amenazó.
En otro mensaje, el acusado le dijo a la vez que adjuntaba unas fotografías de la víctima y su mujer: “Afeitado o con barbas cuando te vea te voy a reconocer y te voy a dar lo que tanto pides a gritos. La paliza de tu vida que te va a hacer pasar la tontería y la ruindad que padeces de un plumazo, rata franquista repugnante”.
Dos días más tarde, le envió dos mensajes de voz que obligaron al perjudicado a limitar la publicidad en su perfil y restringirlo sólo a sus amistades. Según la sentencia, incluso “temió por su vida”.
“Vamos a ver, yo de entrada no amenazo a gente que piensa distinto a mí, yo amenazo a gentuza”, declaró el acusado en dichos audios y añadió que “a veces” se tenía que controlar por el odio que presuntamente le causaba esta “gentuza”.
Discurso de odio por razones ideológicas
La Audiencia de Barcelona ha confirmado que el caso no ofrece dudas y de que se trata de un discurso de odio producido en un contexto en el que existían tensiones graves en la sociedad, motivo por el cual concurre la agravante de haber cometido el delito por motivos ideológicos.
De hecho, la misma sentencia recoge que el propio acusado reconoce que “el motivo de las amenazas vertidas resulta de su diferencia ideológica con el denunciante”.
Dos años sin comunicarse con la víctima
Por todo, la Audiencia Provincial de Barcelona ha desestimado el recurso de apelación del condenado y ha confirmado el dictamen del Juzgado de lo Penal nº 2 de Manresa.
El condenado deberá pagar en concepto de responsabilidad civil 300 euros a la víctima y tiene prohibido comunicarse con él durante dos años y cuatro meses.