Ya no es algo (horrible) que le puede pasar y pasa solo a celebridades o ‘influencers’ como Rosalía [«es un tipo de violencia y da asco», dijo cuando le sucedió] o Laura Escanes [«el cuerpo de una mujer no se utiliza», respondió dolida cuando le tocó a ella]. La denuncia de decenas de niñas en Almendralejo (Badajoz) de que sus falsos desnudos creados por Inteligencia Artificial (IA) circulaban desde hacía meses por el pueblo ha vuelto a poner sobre la mesa la especial vulnerabilidad de las chicas en internet, la urgencia de un plan de choque para dar a la educación sexual en la escuela la importancia que merece y -quizá lo que aparentemente sería más fácil de resolver- el limbo legal en el que se encuentran este tipo de aplicaciones.

En cuanto a qué le puede pasar a los chavales que supuestamente han creado y difundido los desnudos falsos de sus compañeras, la letrada Júlia Humet, de Nèmesi Advocades i Assessores, recuerda que cuando los autores son menores, las penas son muy flexibles. «Lo más habitual es una libertad vigilada que incluye la obligación de recibir seguimiento y reeducarse«.

¿Son legales las ‘apps’ que desnudan con IA?

Las letradas Júlia Bisquert y Natalia Montesinos, del despacho Carla Vall Advocades, señalan que ahora mismo existe un vacío legal, «en tanto que estas aplicaciones son tan nuevas que no ha habido tiempo de regular sobre las mismas«. «En cualquier caso, los objetivos por los que se están utilizando sí son perseguibles», apuntan las juristas.

Su colega Júlia Humet añade la dificultad que supone que las leyes estén a años luz de la realidad actual. «El código penal dice que es delito difundir imágenes pornográficas de menores; aunque la imagen no sea real, así que no hay duda; pero, en cambio, la pornografía adulta no está prohibida: en cuanto a las víctimas mayores hay un limbo. Aunque las imágenes sean falsas, tendría que ser un delito, ya que igualmente se está vulnerando tu intimidad, pero es algo nuevo que el código penal no tenía previsto«, reflexiona.

¿Es legal difundir fotos falsas de mujeres desnudas?

«Es complicado y discutible, pero estas conductas podrían intentar encajarse en un delito de revelación de secretos del artículo 197 del Código Penal, o de pornografía del artículo 189 del Código Penal en el caso de menores», responden las letradas del despacho Carla Vall Advocades.

¿Qué les puede pasar a los chicos que lo han hecho?

En el caso de que los autores fueran mayores de edad, «si se lograra una condena por revelación de secretos, las penas oscilarían de 1 a 4 años de prisión, y una multa de 12 a 24 meses. Por pornografía, la pena de prisión es de 1 a 5 años«, responden Bisquert y Montesinos. A los autores menores de edad, en cambio, añaden, se les aplica la Ley orgánica 5/2000, y en vez de cárcel, se les aplicarían las medidas del artículo 7, que están básicamente orientadas a la reeducación.

Humet matiza que los menores a partir de 16 años se pueden juzgar, «aunque las penas no son las mismas». «Si los autores son menores, los padres, que son los tutores legales, podrían tener que pagar una indemnización. Si cuentan entre 16 y 17 años -o sea, pueden ir a juicio- no se enfrentan «a unas penas concretas», subraya Humet, quien añade que hay un equipo técnico que estudia a la familia y el caso. «Existe la posibilidad de que durante el proceso se arrepientan, pidan perdón y no se llegue al juicio», concluye la socia de Nèmesi Advocades i Assessores, quien recuerda que, en el caso de que los autores fueran mayores y las víctimas menores, la pena podría elevarse a nueve años de cárcel.

¿Qué hacer ante un caso de este tipo?

«Denunciarlo per la vía penal, por un lado, y, por el otro, ponerlo en conocimiento del instituto, en el caso de las menores, por si existe un protocolo interno de actuación«, responden Montesinos y Bisquert. «Es un ejemplo más de la falta que hace la educación sexual en las aulas, de lo importante que es la prevención«, añade convencida Humet.

La importancia de la educación afectivo-sexual en la escuela

La psicopedagoga Mirta Lojo señala que lo que realmente preocupa es «la actitud de los chicos». «La violencia digital contra estas chicas pone de manifiesto un continuum social que comienza con un chiste machista, pasa por una publicidad que utiliza el cuerpo de las mujeres y por una pornografía que normaliza la violencia contra las mujeres», apunta la experta, quien añade que, aunque las causas del caso de Extremadura son multidimensionales, «existen cuestiones de base que conviene no retrasar». «La educación afectivo social en los centros educativos debe empezar en la educación infantil, continuar en la primaria y seguir en la secundaria. También es necesario interrogarse sobre quién y por qué se obstaculiza esta implementación o, en el mejor de los casos, no tiene la consideración de prioritaria», añade, recordando que «el trabajo específico desde los centros escolares no es fácil ni rápido y hay muchas resistencias tanto por parte de los alumnos a partir aproximadamente de los 12 o 13 años como también de los profesores, que ven amenazados sus privilegios».