Fachada del Tribunal Constitucional. EP

El Tribunal Constitucional (TC) ha tumbado el recurso del PP a la ley de Eutanasia y limita la objeción de conciencia al personal sanitario, como hiciera con el que presentó Vox. 

La sentencia, cuyo ponente ha sido el Presidente Cándido Conde-Pumpido Tourón, resuelve aquellas cuestiones que son sustancialmente idénticas a las que planteó el recurso del Grupo Parlamentario de Vox aplicando la doctrina de la STC 19/2023, a la vez que examina aquellas otras novedosas en la medida en que no fueron abordadas directamente por la citada sentencia.

La impugnación de carácter general se sustenta en dos motivos, uno formal y otro material, tal como han informado desde el Constitucional. El vicio formal que imputaban afectaría al procedimiento de elaboración y aprobación parlamentaria de la ley. Su origen fue una proposición de ley orgánica del grupo mayoritario que apoya al Gobierno, lo que suponía a juicio de los recurrentes un fraude de ley porque se pretendía eludir la emisión de informes del Consejo de Estado, Consejo General del Poder Judicial, Consejo Fiscal y del Comité de Bioética y, así, restringir el debate parlamentario.

La segunda impugnación de carácter general sostiene la incompatibilidad e insuficiencia del sistema de garantías establecido por la LORE desde la perspectiva del derecho fundamental a la vida, consagrado en el art. 15 CE y el art. 2 Convenio Europeo de Derechos Humanos así como del principio de seguridad jurídica (art. 9.3 CE).

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