El juez de la Audiencia Nacional Joaquín Gadea ha finalizado la investigación del atentado de Algeciras, ocurrido el 25 de abril de 2022 en la localidad gaditana. Y, en un auto fechado este martes, el magistrado sí califica el asesinato a machetazos del sacristán Diego Valencia como un acto de terrorismo.

A juicio del instructor, el suceso fue «resultado del proceso de radicalización sufrido [por el autor del atentado] durante las semanas previas a la acción criminal, pudiendo catalogarse los hechos como un ataque de naturaleza yihadista».

Tal y como avanzó EL ESPAÑOL, la defensa de Yassine Kanjaa, el marroquí de 25 años autor de los hechos, trató de demostrar que el joven padecía un trastorno mental para descartar el móvil terrorista. Pero tanto Gadea como la Fiscalía y la Policía Nacional consideraron, a lo largo de todo el procedimiento, lo sucedido como un atentado yihadista.

Kanjaa fue detenido después de, supuestamente, asesinar a machetazos al sacristán Diego Valencia y herir a otras cuatro personas; entre ellas, un párroco. Antes de ello, al filo de las siete de la tarde, había entrado en otra iglesia distintas e increpado a los feligreses.

Posteriormente, regresó a su casa y, como detalla el juez, apagó y guardó su móvil, «conscientemente», en un cajón. Tomó un machete «de grandes dimensiones», que escondió bajo su chilaba, y se dirigió a la Iglesia de Nuestra Señora de la Palma, donde ataca al sacristán Diego Valencia.

[La defensa del asesino de Algeciras niega que sea yihadista y pone en duda su equilibrio mental]

Además, como desveló este diario, el joven marroquí trató de matar también a un musulmán con el que se cruzó de camino, al creer que se había convertido al catolicismo. Es por ello, que, en el auto de este miércoles, Gadea resalta los objetivos del ataque fueron «sacerdotes de la Iglesia católica y musulmanes que no siguen las directrices de los preceptos salafistas» y que el objetivo del atentado fue el de «alterar gravemente la paz pública, provocando un estado de terror en la población o parte de ella».

Tras todo ello, Kanjaa, tras haber «rematado en el suelo» a su víctima mortal, se dirige a un tercer templo católico, el Santuario de Nuestra Señora de Europa. Pero la puerta estaba cerrada y, pese a darle varias patadas, no pudo acceder a su interior.

El delito de asesinato terrorista que le atribuye el juez se castiga con prisión permanente revisable. Gadea, tras finalizar la instrucción, también considera a Kanjaa autor de un delito de lesiones terroristas, castigado con penas de hasta quince años de prisión.

Tras ser detenido e ingresar en prisión provisional, los forenses de la Audiencia Nacional analizaron en febrero a Kanjaa. Y, en un informe provisional, recomendaron su ingreso en un centro psiquiátrico penitenciario.


Video del ataque en Algeciras

Según ese primer dictamen, Kanjaa presentaba una «sintomatología compatible con trastorno delirante«. Desde entonces, la investigación judicial giró en torno a este asunto, si el joven era o no inimputable en función de sus condiciones mentales.

No obstante, Gadea, cuando decretó prisión provisional sin fianza para Kanjaa, le atribuyó los delitos de asesinato y lesiones con fines terroristas, postura que mantiene ahora, al finalizar la instrucción. De hecho, tal y como avanzó este periódico, a través de una comisión rogatoria dirigida al Reino de Marruecos, el juez pidió los «antecedentes psiquiátricos» del investigado.

Equilibrio mental

Como publicó en exclusiva EL ESPAÑOL, la defensa de Kanjaa, ejercida entonces por una abogada del turno de oficio, negó que este joven marroquí fuese yihadista y puso en duda su equilibrio mental.

También solicitó que la causa fuese enviada a un juzgado de Algeciras, al descartar un móvil yihadista. Gadea lo denegó y su decisión fue después confirmada por la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, la instancia superior al Juzgado.

Desde el primer momento, tanto la Policía Nacional como la Fiscalía sí apuntaron en esa dirección, en que los hechos tenían una motivación de carácter terrorista. 

Ya había sido identificado

Kanjaa ya había sido identificado y detenido en junio de 2022 en Algeciras. La Policía comprobó que no llevaba documentación de ningún tipo que le permitiera residir en España. Automáticamente, se iniciaron los trámites para expulsarle a Marruecos, su país de origen. Un expediente que se hizo, según el Ministerio del Interior, «con todas las garantías», pero que nunca llegó a culminar en su expulsión.

Cuando cometió el atentado, no estaba siendo vigilado por los grupos de Información de la Policía Nacional, dedicados a la lucha antiterrorista, ni por parte de otras unidades policiales. A los agentes no les consta cómo entró en España ni cuándo.

Antes, en agosto de 2019, consiguió ingresar, montado en moto acuática, en Gibraltar. Tras ser arrestado por las autoridades gibraltareñas, el 2 de agosto de ese año, fue expulsado a Marruecos apenas una semana después. Y en una fecha indeterminada, pero posterior a estos últimos hechos, entró en España.

Yassine Kanjaa nació en octubre de 1997 en Marruecos. Llevaba meses viviendo como okupa en un piso de la calle Ruiz Ragle, muy cerca del centro de Algeciras y a apenas 90 metros de la iglesia donde cometió el atentado. Compartía casa con otras cuatro personas de origen magrebí.

Cuando éstas fueron interrogadas, tanto por la Policía como por el juez, confirmaron que el comportamiento de Kanjaa era «normal» hasta poco más de un mes antes del ataque. Sus compañeros de piso señalaron que el detenido, hasta un tiempo atrás, bebía alcohol y fumaba hachís, pero que empezó a escuchar de manera asidua versos del Corán a través de su móvil.

¿Yihadista?

A la hora de mandarle a prisión provisional, el juez Gadea sí subrayó que el supuesto yihadista atacó, expresamente, a sacerdotes y a un marroquí, al que encontró en la calle, al que consideró «un infiel», ya que creía que se había convertido al cristianismo.

El juez señaló en aquel auto que Kanjaa actuó solo, como un lobo solitario, tras una autorradicalización «rápida», que se habría producido en poco más de un mes.

Kanjaa carecía de los papeles necesarios para residir en España y tenía una orden de expulsión a Marruecos desde hacía siete meses, que Interior aún no había ejecutado. Tal y como ha publicado este periódico, de todas las órdenes dictadas, apenas un 4% de ellas llegan a efectuarse.