Como venimos contando en MD, los Estatutos de la RFEF recogen los escenarios posibles ante la ausencia de Luis Rubiales de la presidencia de la federación. Como está sucediendo ahora. En el artículo 31 deja claro en su punto 7 que «En supuestos de ausencia, enfermedad o cualquier otra causa que impida transitoriamente desempeñar sus funciones, el Presidente será sustituido por los Vicepresidentes, en su orden; en defecto de ellos, por el Tesorero y, en última instancia, por el miembro de mayor antigüedad de la Junta Directiva, o por el de más edad si aquélla fuera la misma«.
Esta es la situación que nos encontramos ahora después de la suspensión de 90 días que anunció FIFA el pasado sábado y tras la apertura, hace justo una semana, de un expediente disciplinario contra el presidente de la RFEF. Es Pedro Rocha quien ejerce esta presidencia a falta de ratificación por la Junta Directiva y, llegado el caso, de la propia Asamblea General.
Dicha situación podría cambiar, especialmente en el momento que el TAD acabe abriendo expediente y, consecuentemente, el CSD le suspenda ante la Comisión Directiva. Según ha podido saber MD, los presidentes de territoriales están valorando la posibilidad de presentar una moción de censura a Luis Rubiales. Moción que sí es factible bajo es el escenario actual, donde el presidente solo está destituido.
Una moción de censura que, según recoge los mismos Estatutos, requiere dos requisitos: «Primero que se formule por un tercio, al menos, de los miembros de la Asamblea General, formalizado individualmente por cada uno de los proponentes mediante escrito motivado y firmado, con el que se adjuntará copia del Documento Nacional de Identidad. Y segundo, que se apruebe por la mayoría de los dos tercios de los miembros de pleno derecho que integran la Asamblea General, sin que, en ningún caso, se admita el voto por correo».
Es decir necesitaría las firmas de 45 miembros de la actual Asamblea y, después, ser respaldada por 91 de los 139 miembros (son 140 pero no estaría el presidente).
Esto es lo mismo que sucedió a finales del 2017 cuando entonces Luis Rubiales presentó una moción contra Ángel María Villar. Dicha moción no se acabó ejecutando después de que en enero del 2018 el propio TAD inhabilitó a Villar.
Porque entonces, y como podría ser si ahora Luis Rubiales fuera inhabilitado, se tuvieron que convocar elecciones lo antes posible y con la actual Asamblea. Así lo recogen los Estatutos: «Si el Presidente cesara por causa distinta a la conclusión de su mandato, la Junta Directiva se constituirá en Comisión Gestora y convocará elecciones para proveer al cargo; el que resulte elegido ocupará el cargo por tiempo igual al que restase por cumplir al sustituido, siendo además de aplicación, en lo que a éste respecta, la norma que prevé el artículo 23.2, del presente ordenamiento«.
Esas elecciones entonces se convocaron y acabó ganando en mayo del 2018 Luis Rubiales. Así pues no es descartable que en las próximas semana se pueda plantear una moción de censura contra Rubiales.
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